Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#38256
Una pregunta chorra:

El Real Decreto 312/2005 habla continuamente de "productos de construcción y elementos constructivos". El Real Decreto 1630/1992 entiende por "producto de construcción": "cualquier producto fabricado para su incorporación con carácter permanente a las obras". Pero... ¿y alguien sabe donde se define "elemento constructivo"? ¿tiene algún matiz diferente?
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