- 30 Ene 2008, 21:49
#48714
Hola buenas !! Soy recién llegado al portal y novato en esto de los foros, espero saber expresar bien mis inquietudes y apreciaciones.
Pregunta:
Sabéis si existe alguna normativa que impida la instalación de un comercio con almacenamiento de líquidos inflamables, en un bajo de un edificio de viviendas?
Es que me han encargado un proyecto de actividad, para una tienda de pinturas, la cual se pretende instalar en un bajo comercial de un edificio de viviendas.
En función de la cantidad de productos ( disolventes y pinturas), que se pretenden exponer al cliente, los cálculos de carga de fuego ponderada, me obligan a medidas de protección contra incendios.
Pero, además de ello, dada la cantidad de litros de productos inflamables, creo que debería también hacer un proyecto de almacenamiento de líquidos inflamables, según el Reglamento 379/2001.
Preguntas:
Vosotros qué haríais,
Creéis que estoy orientando el tema como corresponde?
Habéis tenido algún proyecto similar o sabéis de alguno?
Y además, creéis que todas las tiendas de pinturas, instaladas en casco urbano, cumplen con las normativas?
Desde ya gracias por vuestra atención.