raveri escribió:Punto 4.3
Nota: cuando, de acuerdo con la tabla 2.3 o la tabla 2.4, esté permitido no justificar la estabilidad al fuego de la estructura, deberá señalizarse en el acceso principal del edificio para que el personal de los servicios de extinción tenga conocimiento de esta particularidad.
Ostras! La versión electrónica del 2267 que uso no tiene ése párrafo

Hay que joderse! Ya podía buscarlo, ya...
Sin embargo, acabo de confirmar que en la versión de la guía técnica sí viene (gracias a dios!

). Así que ya estoy bajándome otra versión del 2267
Gracias por la aclaración, raveri.
Moraleja: ojo con las versiones que nos bajamos, compañeros!
Respecto al tamaño de la señal, pues supongo que habrá de cumplir lo establecido en las correspondientes normas UNE de señalización para protección contra incendios, no? Así que, habrá que revisar, por lo menos, la UNE 23.033-1:1981, UNE 23.034:1988, y UNE 23.035-4:2003 (las he mirado en el anejo G del DB-SI).
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