Duda con UNE de presurización (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#95660
Pero si que aparece como opcion, el sobrepresionar la caja de escalera unicamente cuando haya un unico vestibulo de independencia (6.1.2.1). Bajo tu criterio¿Sigue incumpliendo CTE este caso?
PD:Unomas, esto necesita una consulta al ministerio, ya! :mrgreen:
Un saludo
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#95773
itimogur escribió:Pero si que aparece como opcion, el sobrepresionar la caja de escalera unicamente cuando haya un unico vestibulo de independencia (6.1.2.1). Bajo tu criterio¿Sigue incumpliendo CTE este caso?


No se incumple el CTE DB SI, si empleas ese sistema para sobrepresionar SÓLO la escalera (punto 6.1 :yep ).

Ahora bien, si la escalera es especialmente protegida, sí incumples el CTE DB SI :yep


itimogur escribió:PD:Unomas, esto necesita una consulta al ministerio, ya! :mrgreen: Un saludo


Haré algo casi mejor :yep . Permanezcan a la escucha, damas y caballeros :espabilao
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#95777
El CTE dispone que los vestíbulos previos se ventilarán según alguno de los 3 métodos especificados para las escaleras protegidas. Bien, pues uno de esos métodos es el método de presión diferencial de aire, regulado por la UNE 12101-6
Siempre que estemos hablando de una escalera especialmente protegida CLASE A, sólo en este caso podemos eximir de sobrepresión de aire al vestíbulo previo.
Si optamos por el método de ventilación por conductos o directa al exterior, no nos queda otra que ventilar también el vestíbulo previo.
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#95802
Estoy con pikasin, en ese "solo la caja de escalera" se acepta en el punto 6.1.2.1:

Cuando esten presurizadas sólo las cajas de escalera, el acceso a éstas debe ser directo desde el área de alojamiento, o a través de un único vestibulo.

que sobrepresiones unicamente la caja de un escalera especialmente protegida.
O al menos eso quiero pensar :mrgreen:
Un saludo
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#97165
Yo después de consultar con técnicos de ayuntamiento y técnicos de OCAs llego a la conclusión de que la dichosa norma la entiende poca gente (al menos los preguntados) y como indiqué arriba, la norma se usa para ventilar ya sea el vestíbulo o la escalera, siendo una de las tres opciones que te propone el CTE, pero como se parte del CTE, se tiene que ventilar la escalera, y se tiene que ventilar el vestíbulo.
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#97236
Solo un par de apuntes:
0. ANTECEDENTES; estamos hablando de ventilación de vias de evacuación en caso de incendio (nada de ventilación de olores, CO y otros).
1.- Si la ventilación es por conducto, estamos fuera del ambito de la UNE, por lo que no vale la pena mencinarla. (LA UNE es sólo para ventilación por el METODO DE SOBREPRESIÓN, sólo por ese método).
2.- Qué lástima que que no se hayan guardado ciertas cosas de la UNE 100040. (No olvidemos que la 12101-6, se basa o bebe en parte de ella, aunque se completa con otras normas europeas).
3.- Cuando calculas con la 12101 el caudal de aire necesario para mantener 50 PAS, realmente estás calculando un caudal de fuga que sirve y justifica la ventilación del vestíbulo (es lo que en la otra norma se conocía con el nombre de caudal de exfiltración). Ese caudal sale del recito presionado (escalera) y pasa al recinto adjunto (vestíbulo) y posteriormente al área de escape (garaje, otros). Hasta donde yo sé, si me apura el técnico de turno, ese caudal justifica plenamente el poder decir y asegurar que el vestíbulo está ventilado y cumple con la SI (y por ende con la UNE)-- ¿pone en algún lado del CTE el caudal necesario de los vestíbulos??? -- hablo de caudal de aire para ventilación de humos de incendio, claro. Si aplicas la UNE 12101 y ésta contempla la posibilidad de ventilar (humos) sobrepresionando sólo la escalera ¿quien soy yo para decir que eso no es suficiente???. :mira

El uso de esta norma, como está redactada obligará siempre a un incumplimiento sistemático de la misma por otras causas diferentes a ventilar o no ventilar el vestíbulo.
Es mi opinión.
:saludo

PD. Creo que el gran tomate de esta norma es la elección del sistema. A mi me gusta como está, es decir que sea el técnico el que asuma y defienda su opción de sistema, pero miedo me da que algún día un lumbrera haga obligatorio el uso de un sistema B para una escalera de un garaje.
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#97339
Sir Maky escribió:Solo un par de apuntes:
0. ANTECEDENTES; estamos hablando de ventilación de vias de evacuación en caso de incendio (nada de ventilación de olores, CO y otros).


Yo creo que partes de un error muy común. No hay que hablar de ventilación, sino de PROTECCIÓN, de las vías de evacuación :yep


Sir Maky escribió:1.- Si la ventilación es por conducto, estamos fuera del ambito de la UNE, por lo que no vale la pena mencinarla. (LA UNE es sólo para ventilación por el METODO DE SOBREPRESIÓN, sólo por ese método).


Tampoco :nono2 . Con la UNE famosa, NO se ventila, se sobrepresiona, pues no se contempla ningún tipo de renovación :mira


Sir Maky escribió:3.- ¿pone en algún lado del CTE el caudal necesario de los vestíbulos??? -- hablo de caudal de aire para ventilación de humos de incendio, claro


Sí que lo pone, DB SI Anejo A.


Sir Maky escribió:El uso de esta norma, como está redactada obligará siempre a un incumplimiento sistemático de la misma por otras causas diferentes a ventilar o no ventilar el vestíbulo.


Totalmente de acuerdo. Está redactada con el c--- :espabilao , pero la mayor parte de los incumplientos vendrán derivados del desconocimiento de la norma y de la negligencia en su aplicación :cabezazo
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#97364
Veamos lo del error.
1.- Hablaría de protección si llevara un equipo de respiración autónoma. Si lo que hago es Sobrepresionar, lo que estoy haciendo es ventilar y obviamente PROTEGER LA via de evacuación del riesgo de humos.
Error común es mirar el dedo que señala en vez de a lo que señala.
2.- cómo que no se contempla ninguan renovación!!!. Veamos, si tomas aire del exterior y lo introduces en el interior, y estás calculando las fugas de aire, ¡¡¡¡¡estás renovando !!!!!!!. -- Ahora qui´zas debamos de definir que es renovar o ventilar. :mira :mira
Hay que mirar ma alto.
3.- ¿Me puedes decir el caudal mínimo de ventilación que dice la SI en el ANEJO A?. -- lo que pone es " estarán ventiladas conforme a una de las alternativas establecidas para dichas escaleras". Y eso es precisamente lo que hago. Usar la alternativa de sobrepresión de escaleras en la cual se establece la posibilidad de ventilar Escalera-vestibulo con solo la presurización de la escalera.

Un saludo. :usuario
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#97385
Ante todo, mi dedo muy bien, gracias :mrgreen: :beso

Sir Maky escribió:1.- Hablaría de protección si llevara un equipo de respiración autónoma. Si lo que hago es Sobrepresionar, lo que estoy haciendo es ventilar y obviamente PROTEGER LA via de evacuación del riesgo de humos.
Error común es mirar el dedo que señala en vez de a lo que señala.


¡Vaya!, tendré que solicitar que incluyan en la siguiente definición de escalera PROTEGIDA,

Imagen,

un último punto que diga algo así como: "Se dotará la escalera PROTEGIDA, del suficiente número de aparatos autónomos de respiración, como para PROTEGER a todo el aforo que por ella pueda circular".

¿Qué tal? :espabilao


Sir Maky escribió:2.- cómo que no se contempla ninguan renovación!!!. Veamos, si tomas aire del exterior y lo introduces en el interior, y estás calculando las fugas de aire, ¡¡¡¡¡estás renovando !!!!!!!. -- Ahora qui´zas debamos de definir que es renovar o ventilar. :mira :mira


No confundas el aportar más aire a un recinto porque tiene fugas, que el acto de renovar, que es algo voluntario, acto por el que se aporta y se extrae, no que se repone porque se escapa :ein


Sir Maky escribió:Hay que mirar ma alto.


Tienes razón....¡es que soy bajito! :mrgreen:


Sir Maky escribió:3.- ¿Me puedes decir el caudal mínimo de ventilación que dice la SI en el ANEJO A?. -- lo que pone es " estarán ventiladas conforme a una de las alternativas establecidas para dichas escaleras". Y eso es precisamente lo que hago. Usar la alternativa de sobrepresión de escaleras en la cual se establece la posibilidad de ventilar Escalera-vestibulo con solo la presurización de la escalera.


Que el DB SI no esté bien redactado no quiere decir que tengas razón :nono

:usuario
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#97432
En fin,
Lo primero me alegro de que tu dedo esté bien. :cunao :cunao

No quiero desvirtuar el tema de PROTECCIÓN y VENTILACION de escaleras a un tema lingüistico. La protección de la vía de evacuación incluye tambien las características de los cerramientos, de las puertas, y de la ventilación, etc. y yo sólo Hablo de una parte de la proteccióon de la via de evacuación que es la "Protección frente al HUMO" que la solucóno mediante un sistema de Ventilación por sobrepresión en base a al UNE 12101-6. Lo dejamos ahí.

Siempre puedes implantar la ventilación en escalera y vestíbulo, que si lo haces correctamente complirás con el CTE.
Confundir es asegurar que si no ventilas de directa el vestíbulo y la escalera incumples con el CTE. Eso es confundir.
Yo lo hago como lo hago y lo defiendo donde lo tenga que defender y no pretendo que nadie lo haga como yo. Si no te convence el sistema tipo A puedes emplear el tipo B o C o D o Z, es una decisión técnica; Sólo eso. En definitiva lo único que tienes es que garantizar el uso de la vía. Solo eso.
:brindis
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#97466
Sir Maky escribió:Yo lo hago como lo hago y lo defiendo donde lo tenga que defender y no pretendo que nadie lo haga como yo. Si no te convence el sistema tipo A puedes emplear el tipo B o C o D o Z, es una decisión técnica; Sólo eso. En definitiva lo único que tienes es que garantizar el uso de la vía. Solo eso.
:brindis


¡Con un par :amo !

Un día quedamos y lo discutimos delante de algo para beber y para yantar. :beso
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#97512
unomas escribió:
Sir Maky escribió:Yo lo hago como lo hago y lo defiendo donde lo tenga que defender y no pretendo que nadie lo haga como yo. Si no te convence el sistema tipo A puedes emplear el tipo B o C o D o Z, es una decisión técnica; Sólo eso. En definitiva lo único que tienes es que garantizar el uso de la vía. Solo eso.
:brindis


¡Con un par :amo !

Un día quedamos y lo discutimos delante de algo para beber y para yantar. :beso


:partiendo :partiendo Estaré encantado :brindis
PD. Por aquí estamos casi de feria, o sea que ya sabes.
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#100620
Hola a todos
Aunque ya se habló más atrás un poco de esto, tengo una obra en la que la escalera de los garajes sale a la planta baja sin compartimentar ni puerta ni nada. Las escaleras de las plantas superiores están ventiladas pero solo hasta la 1ª. Y claro, ¿Qué hago ahora? El tío y mi jefe dicen que presurice solo los vestíbulos pero yo creo que no cumple porque no ventilo las escaleras de ninguna forma. ¿estoy en lo cierto?
Las escaleras no tiene sentido presurizarlas si están conectadas con las de las plantas, el aire saldría por las aberturas de éstas. Y según CTE las escaleras tengo que ventilarlas de alguna forma, pero no puedo meter 2 conductos ni ventilar naturalmente porque no estaba previsto y no hay espacio. Lo único que se me ocurre es poner una puerta en la planta baja. El tío dice que por el no habría problema pero él tendría que justificárselo a la propiedad, y no sé muy bien cómo, a no ser que les diga, "miren es que no cumple ninguna de las opciones y así al menos podremos cumplir con la de presurización" Pero el tío me dice que si el CTE le deja hacer la escalera sin puerta será que puede hacerse, yo le digo que sí, pero que si hubiese previsto uno de los otros sistemas de ventilación, que si no no pue ser, pero quiere que se lo justifique
¿Qué opinais vosotros?
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#100697
djjalma escribió:Hola a todos
Aunque ya se habló más atrás un poco de esto, tengo una obra en la que la escalera de los garajes sale a la planta baja sin compartimentar ni puerta ni nada. Las escaleras de las plantas superiores están ventiladas pero solo hasta la 1ª. Y claro, ¿Qué hago ahora? El tío y mi jefe dicen que presurice solo los vestíbulos pero yo creo que no cumple porque no ventilo las escaleras de ninguna forma. ¿estoy en lo cierto?
Las escaleras no tiene sentido presurizarlas si están conectadas con las de las plantas, el aire saldría por las aberturas de éstas. Y según CTE las escaleras tengo que ventilarlas de alguna forma, pero no puedo meter 2 conductos ni ventilar naturalmente porque no estaba previsto y no hay espacio. Lo único que se me ocurre es poner una puerta en la planta baja. El tío dice que por el no habría problema pero él tendría que justificárselo a la propiedad, y no sé muy bien cómo, a no ser que les diga, "miren es que no cumple ninguna de las opciones y así al menos podremos cumplir con la de presurización" Pero el tío me dice que si el CTE le deja hacer la escalera sin puerta será que puede hacerse, yo le digo que sí, pero que si hubiese previsto uno de los otros sistemas de ventilación, que si no no pue ser, pero quiere que se lo justifique
¿Qué opinais vosotros?


Pues que tú tienes toda la razón del mundo, y que el problema no es tuyo. Tu aportas la solución y si ellos tienen algo mejor que hablen.
:usuario
¿y qué dice el arquitecto de todo eso?-- se supone que es él el que debe haberlo tenido encuenta, no?
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#100941
El arquitecto nada, que de la ventilación nos encarguemos nosotros que no es cosa de él. Al parecer la obra iba según la CPI pero hicieron un reformado en el garaje y ahora les obligan a cumplir el CTE, y por lo que se ve no estudiaron el cambio muy detenidamente
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