Instalaciones de protección contra incendios (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#301568
Estimado compañero Carlos:

Estoy TOTALMENTE de acuerdo contigo. Una cosa es la teoría (lo has descrito perfectamente) y otra la práctica (a eso me refería yo)

Un cordial saludo a todos.
por
#301678
Buenas compañeros.

Os voy a aportar un poco de informacion respecto a este tema tan lioso, por si alguno de vosotros pudiera encontrase en una situacion parecida, ya que ademas me habeis servido de gran ayuda.

Como indicaba al principio, la nave en cuestion se construyo segun CTE y se aplico el DB SI para incendios.

Pues bien, como en industria os comente que me pedian justificar regimen de aplicacion del RD 2267/2004, he preguntado en industria esta mañana,y despues de exponer el problema me ha llamado el técnico o la persona especializada que tengan en la consejeria de innovacion ciencia y empresa para preguntarme el problema y que le explicara detenidamente las causas. Decir que se ha portado bastante bien y muy atento.

Me ha dicho, una vez explicandole como es el edificio, configuracion, almacenajes y demas, que estoy OBLIGADO a cumplir el RD, y que me OLVIDE literalmente del CTE, porque es una industria dedicada a Saladero-Secadero de Jamones, y como tal INDUSTRIA la misma figura en la ley 21/1992, como establecimientos industriales, en los que se desarrollan actividades de almacenaje, produccion, elaboracion, etc, y ademas mirando esa ley figura este tipo de industrias en el articulo 3 incluso, apartado 4 (industrias agroalimentarias).

Añado ademas, que los proyectos existentes de edificacion (ampliaciones y adaptaciones), consideran dicha construccion como nave industrial, y que ambos se han visado con fechas posteriores a la entrada en vigor del RD 2267/2004 (julio 2005), asi como sus DO.

Por lo tanto, las instalaciones de proteccion contra incendios debian haberse justificado con el Reglamento de proteccion contra incendios en establecimientos industriales, y no por el CTE, por lo que toca justificar y sin mas remedio, ampliar la instalacion de incendios casi seguro, a lo que anteriormente comentabamos todos.

Espero que os sirva de ayuda, si alguien se encuentra con una situacion parecida.

Saludos!.
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