Altura de señales de protección contra incendios. (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#166790
RoberSan escribió:Buenos días,

Alguien me podría decir si existe alguna normativa al respecto sobre cual es la máxima altura a la cual se puede llevar a cabo la señalización porque en algún sitio he leido 2m pero no se trataba de ninguna normativa por lo que no estoy seguro de ello. ¿Es normal poner una señal de un pulsador a una altura de 5 m ?

Un saludo

normal normal.... yo creo que no, pero tampoco nos dice (yo al menos no lo he leido) como es la situacion del local/nave/ulouquesea porque puede que por circunstancias que no sepanos lo han colocado a esa altura. es un poco extraño, pero puede que tenga su interpretación lógica no?
por
#166804
Apreciados :
Anderson
raveri

El tema esque se está cuestionando la altura tan solo.

Apreciado Altero.
Estoy de acuerdo que estará justificado lo de los 5 Mts. Creo que será para que se vea desde todos los puntos de la nave.
Pero el tio que a lo a puesto no tiene ni idea de como funcion un fuego:
el humo se queda bajo el forjado del techo.Y como tengas que dar con el pulsador durante la historia.
Preferiria no estar cerca de esta nave ya que aprecio mucho mi vida por el momento
Saludos
:brindis
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#167034
Fco. RUIZ escribió:Siguiendo en lo anteriormente escrito. No existe y que yo sepa normativas de altura. Si en cambio para las luminosas. Pero lo suyo es obrar por sentido común. No es de sentido poner nada a 5 Mts. de altura. Generalmente se ponen por encima del vertice superior de los pasos de puerta.O sea 2.20-2.50 de altura.Pero a 5 Mts de altura va a ser que NO. Aún y así no estaría de más que miraras RD 485 si mal no recuerdo.


Lo que sucede es que es cierto, no existe UNE para la situación de las señales de los medios de pci, pero teniendo en cuenta que ambas (pci y evacuación) aparecen reflejadas en la UNE 23033-1, y que los criterios de dimensionado e iluminación son iguales para ambas, y que ambos tipos se han de ver en situación de incendio, el criterio extendido de facto, en el mundo de pci, es el de situarlas a la misma altura que las de evacuación :yep .

En cuanto a situar las señales a 5 m de altura, puede ser perfectamente posible :yep , teniendo especialmente en cuenta el hecho de qué uso se va a dar al recinto en el que estén situadas (cosa que no sabemos). Por ejemplo, si se almacenan productos en altura, incluso puede ser una altura insuficiente :ein .


Fco. RUIZ escribió:Pero el tio que a lo a puesto no tiene ni idea de como funcion un fuego:


No estés tan seguro :nono2 , pues desconocemos más datos del edificio en el que están situadas las señales de pci. No sabemos, entre otras cosas:

- Tipo de actividad.
- Tipología del edificio.
- Altura máxima del edificio
- Si existe almacenamiento, altura máxima de almacenamiento.
- Si existen depósitos de humos, altura de la parte baja de la capa de humos. ¿Te imaginas qué pasaría si estuviese por encima de la altura a la que están situadas las señales de pci? :mrgreen:

Fco. RUIZ escribió:Y como tengas que dar con el pulsador durante la historia.


Para respuesta a esto, leer lo de más arriba :mira

:usuario
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