Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#780
Segun interpreto en el calculo del riesgo en locales con riesgo especial en el DB-SI 1-5 aparece que:

- en recintos no situados por debajo de la planta de salida del edificio
sin instalación automática de extinción

Ver tabla adjunta

donde entiendo que donde indica riesgo bajo debe decir riesgo alto y viceversa. No os parece logico?. Y que ocurre si la superfice es mayor a 1000
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Avatar de Usuario
por
#783
Está bien como está, en la tabla se dicen los locales que se consideran de riesgo especial.

En uso comercial especifica :
Almacenes en los que la densidad de carga de fuego ponderada y corregida (QS) aportada por los productos almacenados sea :

425<QS≤850 --> riesgo bajo
850<QS≤3.400 --> riesgo medio
QS>3.400 MJ/m2 --> riesgo alto

Y lo que tú indicas en la tabla es la superficie máxima permitida, por lo tanto , para un local de riesgo bajo su superficie máxima será de 1000 m2, para un local de riesgo medio 300 m2, y no se permiten locales de riesgo especial alto sin instalación automática de extinción.

Hay que leer más despacio que a veces las cosas confunden. Saludoss. :saludo
por
#938
Gracias xavilito por tu rápida y certera respuesta.
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