legislacion a aplicar en un recinto Paintball al aire libre (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#186551
Hola a todos:
Tengo que realizar un certificado de incendios para un recinto Paintball al aire libre de 50.000 m2 en su interior habra 5 escenarios difereetes e independientes entre si. El recinto esta al aire libre en un campo de secano, que dispone de postes de madera de 4 metros separados entre si 10 mts, sobre los que se aloja una malla para retener la bolas de pintura y asi tambien delimitar el recinto.
Me pide el Ayto. para la licenica de apertura solamente un certificado y no un proyecto, la arquitecto municipal se encoje de hombros cuando le hemos planteado que normativa aplcar.
Yo creo que el CTE no aplica, pero la duda es el caracter publico del uso, segun el art. 2 del CTE est no le aplicaria ya ue El CTE se aplicará a las obras de edificación de nueva construcción, excepto a aquellas construcciones de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas. La question es qyue el caractero publico Por otro lado no existe normativa sectorial que lo regule, asi que soilo me queda aplcar el reglamento de instalaciones de Protección Contra Incendios y como mucho incluir por similitud alguna parte del BB-Si pero solo por analogia

quisiera conocer alguna opnion al respecto. ¿que os parece a vosotros?
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#186560
Es un espacio abierto.
No creo que sea obligatorio el CTE. Ahora bien, como referencia, puede que sí.
:doh
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#186561
Yo diría que al ser un espacio abierto no hay "construcción" ni edifico por lo que no le aplica el CTE, porque si no tendríamos que aplicarselo a las calles...
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#186564
Estoy de acuerdo con vosotros, el tema esta en que en el campo de aplicacion habla independeintemente dela construccion del uso publico.
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#186664
Estoy con los compis. :yep
Al proyecto de actividad no creo que le afecte ninguna legislación sobre el fuego, dadas las características de la "instalación".

La legislación que creo le puede afectar es la relacionada con aspectos medioambientales (principalmente, características de los "proyectiles", limpieza y gestión de los residuos generados), aspectos de seguridad de uso (y no me refiero tanto al DB-SU, como a la seguridad para los usuarios: medios de protección, información y formación sobre el uso de pistolas y balas, riesgos, etc...), y lo relacionado con PRL y adecuación de los puestos de trabajo (formación y capacitación del personal, etc...).
En accesibilidad no me meto, pero supongo que también le afectará. Aunque sólo sea porque es una actividad de uso pública concurrencia y dada su superficie. Pero no deja de ser un tanto sorprendente, dadas las características "intrínsecas" de la actividad, claro. :goodjob

Lo que también te puede afectar, y te podrían exigir para la licencia de actividad, es la necesidad de contratación de seguro de responsabilidad civil para la misma.

Por otra parte, habrás de ver las instalaciones necesarias, qué tramitación habrán de seguir. Iluminación, eléctrica, suministro de agua,... :brindis

Por cierto, ¿has consultado con el técnico municipal por dónde quiere que vayan los tiros? :brindis
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#186669
si estoy de acuerdo con todo lo que habeis comentado..

Lo sorprendente es que el tecnico municipal no pide actividad, ni accesibilidad, ni obras para la instalaciones de los vallados perimetrales ni salubrilidad ni seguridad, ni...,ni..., SOLO pide un certificado de incendios para dar la licencia de apertura ni siquiera a él, le queda claro en base a que reglamentacion de incndios aplicar...al final he decidido ir por la calle del medio aplicar el Reglamento de instalacion de prevencion y proteccion contra incendios, y no aplicar el CTE, garantizar la evacuacion y ya esta ( 6 extintores y evacuacion y ya esta)
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#186682
JL3ZGZ escribió:Hola a todos:
Tengo que realizar un certificado de incendios para un recinto Paintball al aire libre de 50.000 m2 en su interior habra 5 escenarios difereetes e independientes entre si. El recinto esta al aire libre en un campo de secano, que dispone de postes de madera de 4 metros separados entre si 10 mts, sobre los que se aloja una malla para retener la bolas de pintura y asi tambien delimitar el recinto.
Me pide el Ayto. para la licenica de apertura solamente un certificado y no un proyecto, la arquitecto municipal se encoje de hombros cuando le hemos planteado que normativa aplcar.
Yo creo que el CTE no aplica, pero la duda es el caracter publico del uso, segun el art. 2 del CTE est no le aplicaria ya ue El CTE se aplicará a las obras de edificación de nueva construcción, excepto a aquellas construcciones de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas. La question es qyue el caractero publico Por otro lado no existe normativa sectorial que lo regule, asi que soilo me queda aplcar el reglamento de instalaciones de Protección Contra Incendios y como mucho incluir por similitud alguna parte del BB-Si pero solo por analogia

quisiera conocer alguna opnion al respecto. ¿que os parece a vosotros?


Real Decreto 2816/1982, de 27 de Agosto, por el que se aprueba el reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Este RD está modificado en varios aspectos por el CTE, y ademas puede ser que tu Comunidad tenga traspuesta esta normativa.
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#190954
Lo que yo necesito es las distancias para hacer un campo de paintball. Ya sea outdoor o indoor. Las medidas de los obtaculos las max y las minimas, y todo lo referante a su construccion
:gato
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#190977
Delineante escribió:Hola a todos os doy un correo donde me podreis enviar toda la informacion.

:gato


:plas Esto sí que es entrar por la puerta grande. Si te parece te hacemos el proyecto y te lo enviamos. Todo por privado, para que nadie aprenda sobre el tema :nono
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#191024
De eso se trata ya que yo soy la que esta haciendo el proyecto. La idea la tengo plasmada en un papel pero necesito saber si hay una normativa para los obtaculos. Nada mas, es igual que la CTE.
:gato
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#191029
Delineante escribió:Lo que yo necesito es las distancias para hacer un campo de paintball. Ya sea outdoor o indoor. Las medidas de los obtaculos las max y las minimas, y todo lo referante a su construccion
:gato


O sea, TODO.
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#191031
No, Todo no, no seais malos. Solo saber si hay algo de normativa. Para poner los obtaculos. Sobre las licencias ya se encargaran otros. Yo solo voy con el diseño. Que soy delineante.
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#191032
Hacer un campo de Paintball es algo nuevo, normativa hay para todos los deportes Baloncento, Futbol, Tenis. Para todo pero para este deporte no he encontrado nada de nada. Solo quiero saber si alguien me puede indicar algun dato, o si hay normativa.
:gato
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#191034
Delineante escribió:Lo que yo necesito es las distancias para hacer un campo de paintball. Ya sea outdoor o indoor. Las medidas de los obtaculos las max y las minimas, y todo lo referante a su construccion
:gato

Pues no he legalizado nunca uno de estos bichos, pero sí he jugado en unos cuantos de ellos. Y cada uno tenía las distancias y obstáculos en forma y dimensiones aleatorias; cada uno a su manera: uno con bidones, otro con palets de madera, árboles, casetas de madera, muros de bloque de hormigón, uno en una parcela plana de 500 m2, otro en una ladera de una montaña, etc...
Con esto vengo a decirte que desconozco si alguna normativa especifica las características físicas de los obstáculos, pero me extrañaría que se metiera a ese grado de detalle.
En principio, me imagino que podrás diseñar el espacio de "trabajo" según tu criterio. Siempre y cuando se observen las exigencias mínimas de las normativas antes mencionadas, claro. :mira
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#191042
Gracias por tu respuesta. Yo tambien he jugado en un monton, y me has disparado bien cerca y como duele. Pero nunca se me habia ocurrido el tema de diseñar uno. y la verdad es, que cuando me he puesto a poner los bloques de los obtaculos, ha sido cuando me ha aparecido la duda de a que distancia tengo de poner los.
Yo hace mucho tiempo que no he ido a uno (mas de cinco años sin ir) y por eso me he quedado un poco en blanco.
:gato
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