Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#217624
Hola compañeros, recientemente me encargaron un trabajo para abrir un local comercial de articulos de regalo, velas, libros y demas. El local tiene 125m2 de los cuales 48 son para la tienda de venta al publico y 40m serian almacen y el resto despachos y aseo.
El caso es que yo presente una comunicación ambiental y el técnico me ha enviado una carta que dice
"según el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB SI) del Codigo Técnico de Edificación (CTE), el valor característico de la densidad de carga de fuego para un establecimiento comercial sería de 730 MJ/m2 (175 MCal/m2), por lo que deja de ser una actividad inocua, por tanto, debe de solicitarse Licencia Ambiental y no Comunicación Ambiental."
La pregunta es si se puede hacer un calculo de la carga térmica de dicha actividad reduciendole la carga y que sea menor de 80MCal/m2 adjuntandolo al expedientey si le valdra al técnico o si como indica el DBSI este dato es inamovible y tengo que presentar licencia ambiental.
Gracias de antemano.
por
#217627
Pero qué escándalo :shock: :shock: :shock:
.

MATORNA escribió: "según el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB SI) del Codigo Técnico de Edificación (CTE), el valor característico de la densidad de carga de fuego para un establecimiento comercial sería de 730 MJ/m2 (175 MCal/m2), por lo que deja de ser una actividad inocua, por tanto, debe de solicitarse Licencia Ambiental y no Comunicación Ambiental."


Dile al 'tersnico' ese que no se pase de listo y que aclare bien las ideas confusas que tiene antes de escribir requerimientos de este tipo (no será geniero, verdad? :D )


El valor de 730 MJ/m² de carga de fuego variable característica de que habla el DB SI del CTE y que figura en una tabla del Anejo B, sirve solamente para calcular, potestativamente o voluntariamente, una cosa que se llama "tiempo equivalente de exposición al fuego". A su vez, este valor de tiempo equivalente puede utilizarse como una alternativa para justificar la resistencia al fuego suficiente de los elementos estructurales y compartimentadores de un edificio o de un establecimiento.

La otra alternativa que contempla el CTE para esta justificación es emplear los valores normalizados [EIxx, Rxx] que figuran el tablas de SI-1 en cuanto a compartimentación y de SI-6 en cuanto a resistencia, y es la alternativa que empleamos todos nosotros en el 99% de los casos.

O sea, que tú puedes indicar que tu sector-establecimiento comercial precisa cumplir EI 90 y R 90 (por ejemplo), lo pones en proyecto y lo justificas durante la obra,... o puedes hacer un cálculo más afinado y preciso mediante el anejo B y establecer (por ejemplo) que a tu establecimiento le bastan EI 60 y R 60

... para esto sirven los 730 NJ/m², y poco más


Por otra parte, quí en Jiuston, las actividades de comercio al por menor de casi todos los artículos (incluyendo artículos de regalo, velas, libros y demás) son actividades excluídas del procedimiento de evaluación de incidencia ambiental y me juego lo que sea que en tu Comunidad Autónoma también lo son

No permitas que te tomen el pelo de esta manera :nono
por
#217642
Puedes responderle tranquilamente al técnico municipal (cualquiera que sea su cualificación), que el riesgo de la actividad comercial ya va implícito en su calificación como tal dentro del uso Comercial que establece el DB SI. Lo único que te puede solicitar es la justificación de la carga de fuego del almacén para ver si es un local de riesgo especial o no, pero nada más.

Se ha pasado dos pueblos, seguramente por ignorancia o porque desde el ayuntamiento le han "aleccionado" adecuadamente de cara a tramitar la actividad según un procedimiento que reporta más ingresos por impuestos al citado ayuntamiento.
por
#217647
La comunicación ambiental la presente en Elche, Comunidad Valenciana.
Entonces con un calculo de la carga de fuego ponderada del local que me de menos de 80 Mcal/m2 me valdría para adjuntarlo al expediente? o que justificación debo presentarle?
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por
#217648
MATORNA escribió:La comunicación ambiental la presente en Elche, Comunidad Valenciana.
Entonces con un calculo de la carga de fuego ponderada del local que me de menos de 80 Mcal/m2 me valdría para adjuntarlo al expediente? o que justificación debo presentarle?


Por supuesto. He hecho montones de locales de esos como Comunicación Ambiental en la CV.

¡Y sigue sin salir el nomenclator ! :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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