clasificacion de escalera protegida o especialmente protegida?? (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#289689
Hola amigos.

Se me plantea una cuestión, a ver si me podeis aclarar algo.

Vamos a cambiar el uso de una planta completa de un edificio de aparcamientos, van a ser administrativo.

Tiene dos escaleras, las cuales tienen acceso al exterior por abajo y por arriba.

Considero que el acceso desde la zona administrativa hasta la caja de escalera lo debo hacer a través de un vestibulo de independencia.

La cuestión se me plantea cuando digo si tengo que ventilar dicho vestíbulo.

Despues de mucho, saco en claro que si se considera la escalera como especialmente protegida si la debo ventilar conforme a uno de los tres criterios del DB SI, pero si se considera como protegida , entonces no.

Por lo cual, la duda es debo considerar la escalera como protegida o especialemente protegida?

Consideramos que estamos en la ultima planta (9ª) y que con solo dos tramos de escalera (1 altura) ya damos al exterior.

Entiendo que debemos considerar la escalera conforme al uso mas restrictivo del edificio, que en este caso es el de aparcamiento, para el cual no se contemplan escaleras que no sean especialmente protegidas.

Y por ende, debo ventilar el vestíbulo de independencia.

O puedo considerar la escalera simplemente como protegida????

Un saludo. GRACIAS DE ANTEMANO.

Pd. soy algo novato en esto de los foros, Y NO VEAS COMO SE APRENDE!!!
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#289709
imanda escribió:Vamos a cambiar el uso de una planta completa de un edificio de aparcamientos, van a ser administrativo.

Tiene dos escaleras, las cuales tienen acceso al exterior por abajo y por arriba.

Considero que el acceso desde la zona administrativa hasta la caja de escalera lo debo hacer a través de un vestibulo de independencia.

La cuestión se me plantea cuando digo si tengo que ventilar dicho vestíbulo.


Sin duda. El que tú cambies el uso de una planta (no digo ya nada sobre cómo aislarás la rampa de vehículos en la zona administrativa y si te cumplirán las longitudes máximas de los recorridos de evacuación, etc) a un uso que requiera menos exigencias de una escalera especialmente protegida, no afecta a la escalera y como tal, todos los accesos a ella siempre serán con V.I. protegido contra el humo, ya sea por ventilación natural (aberturas o conductos) o por un sistema de presión diferencial.

Cuidadín con la aplicación de las condiciones mínimas de supresión de barreras arquitectónicas y de las zonas de refugio, pues el cambio de uso implica aplicar el CTE entero, con todos sus pros y contras.
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#289813
Antonio Alé respondo a lo que me preguntas en el otro hilo.

Sobre éste, gracias por la respuesta!!

Pues si, voy a considerar la escalera como especialmente protegida, por que no tiene razón el no hacerlo así.

Esta claro que si hay un aparcamiento en el edificio, y se produce un incendio, el fuego no va a entender si esto es oficinas o aparcamientos, verdad??

Una cuestión sobre dicha ventilación por conductos:

Dice el DB SI que se hará ventilación con conductos independiente de entrada y salida de aire... pero forzada, verdad?? no va a ser natural por los conductos!!

En caso de que lleve ventilador, éste se conectará a la central de incendio que le dará orden de arrancar cuando se produzca incendio, verdad??

De lo otro que me pregunatas UNOMENOS, lo estoy intentando solucionar, con bastante trabajo. Esta planta tiene una fachada que da a un vial, asi que he tenido que abrir varias puertas para las vias de evacuación, y demás ...

Un saludo
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#289817
imanda escribió:Una cuestión sobre dicha ventilación por conductos:

Dice el DB SI que se hará ventilación con conductos independiente de entrada y salida de aire... pero forzada, verdad?? no va a ser natural por los conductos!


Pues sí, es natural por conductos.

imanda escribió:En caso de que lleve ventilador, éste se conectará a la central de incendio que le dará orden de arrancar cuando se produzca incendio, verdad??


Sí.

Ten presente que SIEMPRE que tenga un sistema de presión diferencial en una escalera protegida, necesitarás instalar detectores de humo aunque a tu actividad no le obligue la normativa por sus propias características.
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#291647
Al final he resuelto el tema, ventilando los vestibulos de independencia, con conductos , entrada y salidad de aire, con un ventilador conectado a la centralita de incendios, para que cuando se dectecte empice a impulsar aire dentro del vestíbulo.

Una rejilla de impulsión en la parte baja de la pared y la de retorno en la parte alta y pared opuesta.

Saludos. Gracias
por
#291662
imanda escribió:Al final he resuelto el tema, ventilando los vestibulos de independencia, con conductos , entrada y salidad de aire, con un ventilador conectado a la centralita de incendios, para que cuando se dectecte empice a impulsar aire dentro del vestíbulo.

Una rejilla de impulsión en la parte baja de la pared y la de retorno en la parte alta y pared opuesta.


Ummm.... ¿y esa solución está ejecutada según la UNE EN 12101-6:2006? Digo esto porque si no es así, no sé qué técnico municipal o de entidad de control te lo puede aceptar... algún despistado... que haberlos, haylos...
por
#291669
Upppp, me has puesto a cavilar!!

Por favor, corrigeme si no hago la interpretación bien:

1- considero la escalera como "especialmente protegida" luego la escalera tiene que estar sobrepresionada y demás, que lo está.

2.- Dice el DB-SI Terminología:

Los vestíbulos de independencia de las escaleras especialmente protegidas dispondrán de protección
frente al humo conforme a alguna de las alternativas establecidas para dichas escaleras.



Osea que hay que protegerlo contra el humo, como se establece para las escaleras protegidas.



3.- Miro los requisitos para estas escaleras y dice:

4 El recinto cuenta con protección frente al humo, mediante una de las siguientes opciones:
a) Ventilación natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con una superficie útil
de ventilación de al menos 1 m² en cada planta.
b) Ventilación mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de aire, dispuestos exclusivamente
para esta función y que cumplen las condiciones siguientes:
- la superficie de la sección útil total es de 50 cm² por cada m3 de recinto en cada planta, tanto para
la entrada como para la salida de aire; cuando se utilicen conductos rectangulares, la relación entre
los lados mayor y menor no es mayor que 4;
- las rejillas tienen una sección útil de igual superficie y relación máxima entre sus lados que el
conducto al que están conectadas;
- en cada planta, la parte superior de las rejillas de entrada de aire está situada a una altura sobre el
suelo menor que 1 m y las de salida de aire están enfrentadas a las anteriores y su parte inferior
está situada a una altura mayor que 1,80 m
.
c) Sistema de presión diferencial conforme a EN 12101-6:2005.



Por lo que he propuesto tomar la b), por eso he dicho


Al final he resuelto el tema, ventilando los vestibulos de independencia, con conductos , entrada y salidad de aire, con un ventilador conectado a la centralita de incendios, para que cuando se dectecte empice a impulsar aire dentro del vestíbulo.

Una rejilla de impulsión en la parte baja de la pared y la de retorno en la parte alta y pared opuesta.




Que opinais del tema??

Gracias, si al final se aprende!! :rolleyes
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