- 15 Oct 2013, 19:45
#329644
Buenas;
El RSCI indica
"Artículo 14. Requisitos de las instalaciones
1. Todos los aparatos, equipos, sistemas y componentes de las instalaciones de
protección contra incendios de los establecimientos industriales, así como el
diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de sus
instalaciones, cumplirán lo preceptuado en el Reglamento de instalaciones de
protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de
noviembre, y en la Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de
procedimiento y desarrollo de aquel."
Dice TODOS. Por lo tanto yo entiendo que si se instala algún equipo contra incendio aunque no sea obligatorio por normativa la instalación y mantenimiento de los mismos debe atenerse a la normativa vigente.
Imagina que ante un incendio tu cliente va a usar esas BIEs sin mantenimiento y estas no funcionan.
Un saludo.