Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#355696
Buenas tardes,

Tengo una duda respecto a la protección contra incendios en una nave con entreplanta destinada a altillos. Según el artículo 4.2.3, la tabla 2.3 será también de aplicación tanto a la estructura principal de cubiertas ligeras como a los soportes que sustentan una entreplanta, en edificios industriales de tipo B y C, siempre que se cumpla que el 90 % de la superficie del establecimiento como mínimo, esté en planta baja y el 10 % restante en planta sobre rasante, y se justifique mediante cálculos que la entreplanta puede soportar el fallo de la cubierta, etc.
Mi nave es tipo C, pero la entreplanta tiene más de un 10% de la superficie total. En este caso, ¿tengo que cumplir con este artículo, y realizar dichos cálculos a la entreplanta?
¿O simplemente justificando dicho porcentaje, no tengo por qué realizar esos cálculos?

Gracias y saludos
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