Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#356105
Buenas tardes,

Antes que nada, pido disculpas si no estoy haciendo la consulta en el foro adecuado, pero he estimado que es un asunto de SI y por eso la he planteado aquí.

Pues bien, tengo que presupuestar una chimenea para una cocina de un restaurante y en el último momento he pensado que igual necesito un extractor, pero la normativa no es clara respecto a esto. Pensaba que con el caudal extraído por la campana sería suficiente, pero no se...

Alguien puede arrojarme algo de luz?

Gracias!
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#356108
Te aplica el CTE DB-HS...

Sección HS 3
Calidad del aire interior
1 Generalidades
1.1 Ámbito de aplicación
1 Esta sección se aplica, en los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes; y, en los edificios de cualquier otro uso, a los aparcamientos y los garajes. Se considera que forman parte de los aparcamientos y garajes las zonas de circulación de los vehículos.
Se consideran incluidos en el ámbito de aplicación los edificios de viviendas de cualquier tipo, incluso las viviendas aisladas, en hilera o pareadas.

1 Para locales de cualquier otro tipo se considera que se cumplen las exigencias básicas si se observan las condiciones establecidas en el RITE.

... y por ello, el RITE. Buena suerte!

+info: viewtopic.php?f=11&t=40252

Edito:

Ojeando el CTE DB SI comentado, Propagación Interior, Locales y zonas de riesgo especial, se ve en los comentarios de la tabla 2.1 que, más allá del RITE, los extractores de humos deben cumplir una serie de requisitos. Échale un vistazo
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#356111
dvswells escribió:Te aplica el CTE DB-HS...

Sección HS 3
Calidad del aire interior
1 Generalidades
1.1 Ámbito de aplicación
1 Esta sección se aplica, en los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes; y, en los edificios de cualquier otro uso, a los aparcamientos y los garajes. Se considera que forman parte de los aparcamientos y garajes las zonas de circulación de los vehículos.
Se consideran incluidos en el ámbito de aplicación los edificios de viviendas de cualquier tipo, incluso las viviendas aisladas, en hilera o pareadas.

1 Para locales de cualquier otro tipo se considera que se cumplen las exigencias básicas si se observan las condiciones establecidas en el RITE.

... y por ello, el RITE. Buena suerte!

+info: viewtopic.php?f=11&t=40252

Edito:

Ojeando el CTE DB SI comentado, Propagación Interior, Locales y zonas de riesgo especial, se ve en los comentarios de la tabla 2.1 que, más allá del RITE, los extractores de humos deben cumplir una serie de requisitos. Échale un vistazo


Hola dvswells,

Precisamente el comentario (2) de la tabla 2.1 que comentas es lo que me ha hecho dudar. Se menciona la norma UNE-EN 12101-3:2002 "Especificaciones para aireadores extractores de humos y calor mecánicos", pero en dicha norma no se hablar de si es obligatorio o no colocar un extractor a la salida o a lo largo de la chimenea de humos de cocina.

Entiendo que si no se dice nada en ninguna normativa relacionada, es que no está obligad, pero no quiero diseñar la chimenea y luego que se revoquen olores a los vecinos, asi que supongo que pondré un aspirador para curarme en salud,
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#356112
DeWitt,

En el comentario 2 se indica "Los conductos deben ser independientes de toda otra extracción o ventilación y exclusivos para cada cocina."

Con esto entiendo que por un lado debes tener un sistema de extracción (edito: y etcétera) que cumpla el RITE para garantizar el confort y por otro lado, si se da que tu cocina es de riesgo especial, un sistema de extracción de humos específico para el caso de incendio.

En el tema viewtopic.php?t=14755 el compañero MAZINGER comentó en 2008 que en la UNE-EN-12101-3 se dice que el extractor debe situarse al final del conducto.
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#356123
dvswells escribió:DeWitt,

En el comentario 2 se indica "Los conductos deben ser independientes de toda otra extracción o ventilación y exclusivos para cada cocina."

Con esto entiendo que por un lado debes tener un sistema de extracción (edito: y etcétera) que cumpla el RITE para garantizar el confort y por otro lado, si se da que tu cocina es de riesgo especial, un sistema de extracción de humos específico para el caso de incendio.

En el tema viewtopic.php?t=14755 el compañero MAZINGER comentó en 2008 que en la UNE-EN-12101-3 se dice que el extractor debe situarse al final del conducto.


Gracias de nuevo dvswells.

La verdad es que hay que saber interpretar a normativa, y yo que he empezado hace poco a manejarla tengo que ir acostumbrándome a hacerlo.

Pediré entonces un ventilador de final de chimenea.

Un saludo.
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