- 19 Ago 2016, 13:45
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Me ha surgido una duda a la hora de afrontar la renovación de un grupo de presión en un hotel al que desean cambiar el grupo de presión.
En dicha instalación (anterior a la norma de 2012) cuentan con una instalación de rociadores, BIEs (separada en dos bloques) . Cada instalación está abastecida mediante un grupo principal eléctrico y una bomba jockey, con un grupo electrógeno como suministro eléctrico adicional.
De cara a renovar la instalación me surgen varias dudas:
1.- De cara a un renovación que no implica cambio de uso, ampliación ni similar estoy obligado (no si debería que ya se que sí) a seguir la UNE-EN 23500-12 (además de las UNE-EN 12845) o como el RIPCI relaciona la 23500-90 puedo aplicarla en mi caso. Considero esta actuación como un mantenimiento según recoge CTE.
2.- En cualquier caso, siguiendo las categorias de la 23500-12 veo que no existe indicación para una instalación de rociadores RO1 (asignado a hoteles en correspondiente anexo) sin instalación de BIEs, aunque por otro lado tenía entendido que no se debe considerar una instalación de forma independiente como ha hecho el que diseñó este sistema.
En resumen, mi opción sería realizar una instalación acorde a Norma UNE-EN 23500-12, pero no puedo permitirme que alguien oferte el cambio del grupo por uno igual y que con la Norma en la mano siga cumpliendo, pero de cara a categorizar una instalación independiente de rociadores según RO1 veo que la norma no lo recoge, así que debería ser al menos Cat II por lo que la opción Bomba principal única no me valdría y dudo que todo este hotel lo hayan podido categorizar como Riesgo Ligero para tener ABA Categoria III y que sea admisible el grupo existente.
Espero haberme explicado bien y que alguien me pueda ayudar...
No pretendas apagar con fuego un incendio, ni remediar con agua una inundación.