- 20 Nov 2008, 18:39
#128393
Ya que no te contesta nadie, me voy a aventurar, aunque vaya por delante que esto no es mi tema.
Si es privado o si es público, creo que dará lo mismo, las señales serán las mismas, R-107 para dirección prohibida,...
Si es privado, creo que afectaría a que no tienes que ponerlas obligatoriamente, pero si las pones es de sentido común que uses la R-107 para dirección prohibida, R-400 sentido obligatorio, ...
Hasta aquí creo que obligatoriamente no tienes porque ponerlas, pero si las pones tienen que ser las normalizadas.
Ahora bien, dices que es un edificio de oficinas, y que según el código de circulación no son aplicables sus preceptos si los viales son destinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes.
Pues entonces está claro,
- ¿hay alguna oficina alquilada a un tercero? si es que si, es aplicable el código.
- ¿pueden entrar vehículos que no sean del propietario y sus dependientes -ejm. clientes, vehículos de la administración como inspectores de sanidad, industria, agricultura, industrias agrarias, policía, seguridad privada, ...? si es que si, es aplicable el código.