Hola a todos/as.
Estimado Bubble, lo que te comentan "unomenos" y "MAZINGER", es tan correcto y cierto como la vida misma

, ahora te quería hacer una matización y no es en cuanto al alumbrado de emergencia, que como te han comentado es del todo obligatorio para el caso que expones.
Mi matización, va más encaminada hacia esos abogados que te estan pisando los talones, es decir, te interesaría muy mucho tener claro como realizas el alumbrado de emergencia, de tal forma que sea lo menos costoso con respecto a las instalaciones que tienes.
Yo en mi labor profesional me he encontrado con casos de estos y al final me he visto envuelto en pleitos por poner alumbrados de emergencias que podían ser más baratos que los proyectados por mi.
Analiza si el edificio en el que está situada tu escalera tiene varios tipos de suministros (normal, socorro, emergencia), si posee grupo electrógeno para en caso de fallo normal actual el mismo. Te comento esto porque dependiendo del tipo de alumbrado normal con el que cuente la escalera podrías dotar al mismo de unos kits de tal forma que en caso de fallo eléctrico normal y en el tiempo que transcurra para que entre el suministro de socorro o emergencia estos kits mantengan las luminarias encendidas (normalmente te pueden aguantar hasta 10 minutos) y una vez entren los suministros complementarios pues las luminarias se podrían alimentar de los mismos. Es decir, la misma luminiaria que se usa para suministro normal, la podrías utilizar como emergencia cumpliendo un poco los criterios que te he comentado.
Te lo comento única y exclusivamente por mi experiencia profesional, por si te sirviese de ayuda ante esos abogados que siempre le buscan las cuatro patas al gato.
Un saludo desde las afortunadas.
Aprender ayundando, lo mejor que hay.....