Seguridad frente al riesgo de caídas, de impacto o atrapamiento, aprisionamiento, iluminación inadecuada, situaciones con alta ocupación, ahogamiento, vehículos en movimiento, acción del rayo, accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas
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#268701
Un local ya dispone de un único aseo accesible (pero solo se puede inscribir circunferencia de 1.20 m) y hace falta hacer obra para instalar otro aseo y vestíbulo para ambos.

En cumplimiento del SUA, pretendo justificar que ya existe un aseo accesible sobre el que no se hace obra o reforma, por lo que no sería necesario el espacio para giro del SUA e inscribir la circunferencia de 1.50 m. Entonces el otro aseo sería no accesible. Me gustaría conocer vuestra opinión al respecto.

En segundo lugar, el vestíbulo que daría acceso a ambos aseos, en cumplimiento del SUA y según el Anejo A "Itinerario accesible" dice que necesito un Espacio para giro de diámetro 1.50 m, pero solo para: "vestíbulo de entrada, o portal, al fondo de pasillos de más de 10 m y frente a ascensores accesibles", pero no indica para vestíbulos de aseos. Luego entonces entiendo que en el vestíbulo de aseos solo debería cumplir con el diámetro de 1.20 a ambos lados de la puerta.

¿Estoy en lo cierto, he perdido el norte o es que estoy muy espeso?

PD: Se me plantea la duda porque en el SUA indica donde es necesario el Itinerario accesible, pero no indica donde son necesarios los Espacios para giro.
Última edición por fsi el 15 May 2011, 09:35, editado 1 vez en total
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#268708
En mi opinión, el radio de giro de 1,50 metros, además de los puntos que has indicado que dice el SUA, lo debes cumplir en aquellos puntos del itinerario accesible en el que sea "necesario" un giro... por ejemplo, en el quiebro de un pasillo. En aquellos puntos en los que una persona en silla de ruedas va a tener que hacer si o si un giro.

Si tu vestíbulo da acceso al aseo accesible de forma directa (las dos puertas enfrentadas) yo entiendo que no tienes porque cumplir lo del giro de 1,50 metros...

Respecto al primer tema... al final dependerá del técnico municipal de turno... pero me parece muy enrevesado... la "filosofía" del SUA y del CTE es aplicarlo solo en los elementos reformados, pero en el momento que "tocas" la zona de aseos, yo creo que podría resultar de aplicación el SUA a toda esa zona... pero como te digo, esto es interpretable.

Saludos! :saludo
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#268864
fsi escribió:Un local ya dispone de un único aseo accesible (pero solo se puede inscribir circunferencia de 1.20 m) y hace falta hacer obra para instalar otro aseo y vestíbulo para ambos.


Pues será accesible con la normativa autonómica, pero no con la nacional. Por cierto, tras mucho trabajar con las diferentes normas autonómicas, no recuerdo ninguna que defina el aseo accesible permitiendo inscribir un círculo de dimámetro 1,20 m....


fsi escribió:En cumplimiento del SUA, pretendo justificar que ya existe un aseo accesible sobre el que no se hace obra o reforma, por lo que no sería necesario el espacio para giro del SUA e inscribir la circunferencia de


Opino igual que Carlos_Asturies, es decir, dependerá de la interpretación del técnico municipal...

fsi escribió:En segundo lugar, el vestíbulo que daría acceso a ambos aseos, en cumplimiento del SUA y según el Anejo A "Itinerario accesible" dice que necesito un Espacio para giro de diámetro 1.50 m, pero solo para: "vestíbulo de entrada, o portal, al fondo de pasillos de más de 10 m y frente a ascensores accesibles", pero no indica para vestíbulos de aseos. Luego entonces entiendo que en el vestíbulo de aseos solo debería cumplir con el diámetro de 1.20 a ambos lados de la puerta.

¿Estoy en lo cierto, he perdido el norte o es que estoy muy espeso?


Estás en lo cierto.

fsi escribió:PD: Se me plantea la duda porque en el SUA indica donde es necesario el Itinerario accesible, pero no indica donde son necesarios los Espacios para giro.


Pero sí deja bien claro dónde es necesario el círculo de diámetro 1,50 m y allí donde no está especificado, si es necesario espacio de giro, es de 1,20 m.
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#268903
unomenos escribió:
fsi escribió:PD: Se me plantea la duda porque en el SUA indica donde es necesario el Itinerario accesible, pero no indica donde son necesarios los Espacios para giro.


Pero sí deja bien claro dónde es necesario el círculo de diámetro 1,50 m y allí donde no está especificado, si es necesario espacio de giro, es de 1,20 m.

¿De dónde lo deduces o dónde lo pone? no lo encuentro :?
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#268921
Gracias unomenos, suponía que de ahí. :cheers
Gracias a ambos por las respuestas :cheers :cheers , voy a hablar con técnico municipal, para conocer su opinión y os cuento.
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#268941
Ya he hablado con el técnico municipal.

El aseo que ya existe, en el que se puede inscribir una circunferencia de 1.20 m, no hace falta modificarlo. El vestíbulo que dará paso a este aseo y a aseo normal (que se hará nuevo) sí se hará para poder inscribir circunferencia de 1.50 m.

Novedad: La rampa que ya existe de acceso al local, que en principio no se iba a tocar, sí debe adaptarse al SUA; aunque es permisivo con la pendiente, esta tiene que arrancar de cota 0, no sirve que arranque a cota 5 mm. :hi2

:unknow

PD: lo que se me ha olvidado preguntarle es si lo quiere con un lazo rosa o azul. :jijiji
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#268959
fsi escribió:Ya he hablado con el técnico municipal.

El aseo que ya existe, en el que se puede inscribir una circunferencia de 1.20 m, no hace falta modificarlo. El vestíbulo que dará paso a este aseo y a aseo normal (que se hará nuevo) sí se hará para poder inscribir circunferencia de 1.50 m.

Novedad: La rampa que ya existe de acceso al local, que en principio no se iba a tocar, sí debe adaptarse al SUA; aunque es permisivo con la pendiente, esta tiene que arrancar de cota 0, no sirve que arranque a cota 5 mm. :hi2

:unknow

PD: lo que se me ha olvidado preguntarle es si lo quiere con un lazo rosa o azul. :jijiji


Pues la verdad, como casi siempre supongo que la justificación que te ha dado será "porquesi"... vas a otro Ayto. y el modo de proceder será totalmente diferente, en función del "porquesi" de cada técnico municipal.
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