Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#128544
Consideraríais un local de 15 m2 en el que la actividad que se realizará será la de venta de comidas para llevar, como un local de pública concurrencia?
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#128725
Creo que faltan datos o la pregunta tiene trampa, es un bar/restaurante?, no se puede ocmer en el interior de esos 15 m2?
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#128748
Si no hay sillas para sentarse a consumir, yo no lo cconsideraría LPC.

Saludos
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#128757
Si se va a consumir dentro del local, si es LPC, pero si solo es para vender la comida y que se la lleven no.
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#128947
Yo lo clasificaria como local comercial.
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#128950
Publica concurrencia solo si tiene sillas para comer dentro del local, como bien se ha dicho por ahi arriba.
Y yo al igual que fsi lo tomaria como local comercial tambien.
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#129050
En el local no se va a comer ni beber. Solo se venderá la comida y el cliente se la comerá fuera.

Mi idea es asimilarla a un local comercial, y como la ocupación es inferior a 50 personas, no clasificar la instalación eléctrica como de local de pública concurrencia.

Un saludo y gracias.
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#129100
Yo no lo consideraria como de publica concurrencia por que la gente no va a permanecer en el local sino que se encuentra de paso, coge la comida y se va.

Da igual que se venda comida preparada que ropa.
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