¿Quién puede firmar un PSS? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#129463
:partiendo2 :partiendo2 :partiendo2

dos gallifantes para el ameno :partiendo
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#129554
Amenofis escribió:Oki doki.
A mí me ha quedado bastante clarito.
Al firmar el PSS de mi empresa, y confirmado por el CSS de obra, asumo la responsabilidad sobre las posibles consecuencias de actuaciones contempladas en el PSS cuyo riesgo (y medidas preventivas/paliativas) no esté recogido en él.

Piiiiru, una vez en obra, si se modifica en algo el PSS inicial (evidentemente, bajo la aprobación del CSS), apareciendo nuevas actividades que no están reflejadas en el mío original, entiendo que mi responsabilidad no alcanza este punto.
¿Entiendo bien? :mrgreen:


Totalmente bien entendido.
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#129558
Amenofis escribió:Piiiiru, una vez en obra, si se modifica en algo el PSS inicial (evidentemente, bajo la aprobación del CSS), apareciendo nuevas actividades que no están reflejadas en el mío original, entiendo que mi responsabilidad no alcanza este punto.
¿Entiendo bien? :mrgreen:


Pero la modificación, o anexo, o llámese como quiera, la sigue redactando el contratista y aprobando el coordinador, por lo que la responsabilidad de ambos sigue siendo la misma, tanto si el riesgo/medida preventiva están conempladas en el plan inicial, o en el anexo.
Rizando el rizo, si resulta que el fallo es de omisión de la medida preventiva, la responsabilidad puede recaer en el coordinador, pero recordemos la famosa fase de la PRL que dice que el empresario debe velar por la salud de sus trabajadores y poner a su disposición todas las medidas preventivas posibles, así que se mire por donde se mire... :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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#129596
pufff beke.......miedo me da......mas vale que no exista omision.........el empresario tiene garantizada su caida que será proporcional a la gravedad del tema (siempre y cuando no exista algo raro tipo temeridad por parte del trabajador) pero el coordinador.......puffff

Enresumiendo que diria aquel. El PSS, basado en el proyecto (completo o basico) de SyS, lo elabora el contratista y si hay varios cada uno el suyo, firmandolo el responsable legal de la empresa para el visto bueno del Coordinador o DF (según proceda). Si existen subcontratas, pueden adherirse a él o elaborar uno propio que se incluya en el PSS, el cual ha de ir firmado igualmente por el responsable legal de la subcontrata para posteriormente sea dado el visto bueno por el coordinador o DF.

Un comentario. Si el amigo Amenofis, a la sazón subcontrata, realiza el PSS y lo firma el representante legal (supongamos que es otra persona, vamos que no es el hipo bailon), ¿adquiriria una responsabilidad civil o de cualquier otro tipo si su firma figurase al lado de su "jefe"?.......yo entiendo que si, por lo que si puedes evitarte esa firmita mejor que mejor ¿no?
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#129629
blasius27 escribió:Un comentario. Si el amigo Amenofis, a la sazón subcontrata, realiza el PSS y lo firma el representante legal (supongamos que es otra persona, vamos que no es el hipo bailon), ¿adquiriria una responsabilidad civil o de cualquier otro tipo si su firma figurase al lado de su "jefe"?.......yo entiendo que si, por lo que si puedes evitarte esa firmita mejor que mejor ¿no?

Es como todo, cuantos menos marrones tengamos, pues mejor. :yep
Pero bueno, si el PSS de mi empresa está desarrollado como ha de ser, osea, bien, no debería haber ningún problema al respecto.
Y me consta que está bien desarrollado. :yep :goodjob
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#129633
Amenofis escribió:
blasius27 escribió:Un comentario. Si el amigo Amenofis, a la sazón subcontrata, realiza el PSS y lo firma el representante legal (supongamos que es otra persona, vamos que no es el hipo bailon), ¿adquiriria una responsabilidad civil o de cualquier otro tipo si su firma figurase al lado de su "jefe"?.......yo entiendo que si, por lo que si puedes evitarte esa firmita mejor que mejor ¿no?

Es como todo, cuantos menos marrones tengamos, pues mejor. :yep
Pero bueno, si el PSS de mi empresa está desarrollado como ha de ser, osea, bien, no debería haber ningún problema al respecto.
Y me consta que está bien desarrollado. :yep :goodjob


Amenofis, a que no me equivoco si digo que el PSS de tu empresa lo has redactado tú.

Bueno revisalo de vez en cuando que a veces se cambian cosas de una obra a otra.
Saludos
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#129904
Estoy con lucky, el PSS hay que revisarlo periodicamente para comprobar que no hay en la obra alguna cosa que no esté cotemplada en el plan, ya que las sanciones pueden venir aunque no haya accidentes: los inspectores de trabajo, en sus "visitas sorpresa" pueden requerir el PSS y comprobar que está todo OK. Si faltara algo pueden sancionar administrativamente al contratista y al promotor.

La verdad es que es un tema muy delicado, y lo peor es que está muy mal pagado, o al menos por aquí. :cry: :cry: :cry: :cry:
por
#129923
Buenas tardes.

En atención a tu pregunta te comento que los Planes de Seguridad y Salud en Construcción los debe de firmar un técnico de P.R.L. con el grado de especialización necesario, dependiendo de la complejidad del mismo (de la eval. de riesgos). Y con esto me baso para indicar que lo debería de firmar un técnico competente (técnico superior por la complejidad del mismo). Ya que si leemos el art.7.3 del RD 1627/1997, se indica que el P.S.S. entre los aspectos de identificación, ordenación, etc es la evaluación de los riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Conforme al Capitulo II del RD 39/1997, son los técnicos en PRL los encargados de la realización de los P.S.S. Ahora bien dependiendo de la modalidad preventiva adoptada por la empresa puede ser que ese PSS lo pueda firmar esta si dispone de Servicio de PRL propio o trabajadores designados. O bien queda la posibilidad de subcontrarar el desarrollo del PSS a un Servicio de PRL ajeno.

Saludos.

P.D; Lo firma a su vez representación de la empresa para dar fe lo dicho para su desarrollo.
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#130055
lewis_gd escribió:Buenas tardes.

En atención a tu pregunta te comento que los Planes de Seguridad y Salud en Construcción los debe de firmar un técnico de P.R.L. con el grado de especialización necesario, dependiendo de la complejidad del mismo (de la eval. de riesgos). Y con esto me baso para indicar que lo debería de firmar un técnico competente (técnico superior por la complejidad del mismo). Ya que si leemos el art.7.3 del RD 1627/1997, se indica que el P.S.S. entre los aspectos de identificación, ordenación, etc es la evaluación de los riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Conforme al Capitulo II del RD 39/1997, son los técnicos en PRL los encargados de la realización de los P.S.S. Ahora bien dependiendo de la modalidad preventiva adoptada por la empresa puede ser que ese PSS lo pueda firmar esta si dispone de Servicio de PRL propio o trabajadores designados. O bien queda la posibilidad de subcontrarar el desarrollo del PSS a un Servicio de PRL ajeno.

Saludos.

P.D; Lo firma a su vez representación de la empresa para dar fe lo dicho para su desarrollo.


:roll: eso de que lo tenga que firmar un técnico en PRL... no lo acabo de ver. Todos los que llegan a mis manos estan firmados por el representante de la empresa simplemente :ein
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#130157
lewis_gd escribió:Buenas tardes.

En atención a tu pregunta te comento que los Planes de Seguridad y Salud en Construcción los debe de firmar un técnico de P.R.L. con el grado de especialización necesario, dependiendo de la complejidad del mismo (de la eval. de riesgos). Y con esto me baso para indicar que lo debería de firmar un técnico competente (técnico superior por la complejidad del mismo). Ya que si leemos el art.7.3 del RD 1627/1997, se indica que el P.S.S. entre los aspectos de identificación, ordenación, etc es la evaluación de los riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Conforme al Capitulo II del RD 39/1997, son los técnicos en PRL los encargados de la realización de los P.S.S. Ahora bien dependiendo de la modalidad preventiva adoptada por la empresa puede ser que ese PSS lo pueda firmar esta si dispone de Servicio de PRL propio o trabajadores designados. O bien queda la posibilidad de subcontrarar el desarrollo del PSS a un Servicio de PRL ajeno.

Saludos.

P.D; Lo firma a su vez representación de la empresa para dar fe lo dicho para su desarrollo.


Creo que estás confundiendo "Plan de Seguridad y Salud" con "Plan de Prevención de Riesgos Laborales".
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#130177
:yep eso ya si, seguro que es una confusión de documentos
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#130300
Buenas tardes.

Ante todo gracias por la inquietud del tema. Pero no hay confusión en lo que he dicho. Otra cosa es lo que se admita por cada uno y la inercia permisiva.

Un PSS sólo tiene cabida para obras con proyecto en base a un Estudio de Seguridad y Salud (Básico o no) . Ah para entendidos no hay Planes Básicos de Seguridad y Salud. Y un Plan de PRL es el documento que articula la gestión de la PRL de la empresa, no sólo de la obra. En una obra no hay Plan de PRL como tal, si no que se aplica el Plan de PRL que tiene cada empresa. Antes del 2004 no había denominación de Plan de PRL, se denominaba Gestión de la PRL de la empresa. Este término es exigible a raíz de la modificación de la ley 31/1995 por la ley 54/2003 (se cargo la PreEN 8100X) y engloba la descripción de la empresa, organigrama, funciones/responsabilidades, evaluación de riesgos, planificación, procedimientos, instrucciones, etc.
Aclarado esto. Lo que dije en su momento es que el PSS tiene la equiparación a la evaluación de riesgos para la obra objeto. Y por lo tanto una eval. de riesgos no la puede realizar un empresario en actividades de construcción; al no poder asumir este la gestión preventiva conforme a las restricciones del RD 39/1997 por ser empresa de riesgo (anexo I de este RD). Las evaluaciones sólo las pueden realizar técnicos de PRL con la cualificación necesaria conforme a la complejidad de la misma. En obras de construcción serían técnicos superiores al menos en Seguridad y Salud, cuando no en el resto de disciplinas si se evalúan aspectos de Higiene Industrial y Ergonomía/Psicosocipología dentro del PSS.

Saludos
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#130332
lewis_gd escribió:Buenas tardes.
Otra cosa es lo que se admita por cada uno y la inercia permisiva.

yo no actuo de coordinador, pero si solicito todos los apartados de los PSS donde se describe la actividad que voy a desempeñar dentro de la obra. Todos los que me han enviado van firmados por el representante legal, creo que no he visto ninguno aun firmado por un TSPRL.
Con esto no quiero decir que no tengas razón en tus argumentos, pero es que no se me ha dado nunca el caso :roll:
Siendo como dices, entonces, todas las empresas/contratistas principales, ¿tienen que tener un TSPRL, para firmarlo (SPP)?¿encargarlo a un SPA?

...ains, quien abrió este hilo?? que follón :cabezazo :mrgreen:
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#130449
Amenofis escribió:Pero bueno, si el PSS de mi empresa está desarrollado como ha de ser, osea, bien, no debería haber ningún problema al respecto.


Yo también redacto estudios y planes, y los hago convencido de que están bien. Pero mi intuición es que en prevención todo está bien hecho hasta el día en que hay un accidente, a partir de ese momento el plan está mal redactado y todo está mal.
Te pongo un ejemplo, hay una ráfaga de viento de 80 km/h y de un acopio de tableros de encofrado salta uno y golpea a un trabajador, o le golpea una ventana mal cerrada y le entra un vidrio en el ojo. ¿Pone en el plan que los elementos susceptibles de ocasionar golpes por causa del viento deberán protegerse a tal efecto? Seguro que no. ¿Pone en el plan que los trabajadores que circulen al lado de las ventanas cuando haga viento deben usar las gafas de seguridad? Seguro que tampoco. Este ejemplo puede ser discutido y podéis criticar todo lo que queráis, pero resulta que lo he vivido en mis propias carnes.
Otro más, el número necesario de recursos preventivos, ¿dónde lo pone? ¿siempre son necesarios? Pués según la peligrosidad del trabajo, pero resulta que si ha habido un accidente, es que existe una situación manifiesta de peligro, por lo tanto tenía que haber un recurso preventivo, si no se había designado es culpa del coordinador. Si habiéndose designado ha sucedido el accidente, ¿tiene responsabilidad el recurso preventivo? ¿eran necesarios 2 recursos preventivos?
Un saludo.
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#130460
tienes mucha razón Bekenise en todo lo que has comentado, siempre hay algo que se escapa. Te pongo otro ejemplo que se nos ha dado.
se tiene preparada la evaluacion de riesgos en alistamiento de poleas y cables.
el tipico despiste del trabajador que teniendo el dedo en la polea ordena poner el marcha el motor que tira del cable. Resultado: un buen muerdo en el dedo. Llega la investigación del accidente y segun la inspección de trabajo, ese trabajo que estaba efectuando no estaba contemplado, ya que estaba engrasando el conjunto polea-cable. Vamos para ponerse a mear y no echar ni gota. Es rizar el rizo. Ale, sanción. :cabezazo :cabezazo
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