Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#145361
Muy buenas, el caso que me trae un poco de cabeza es un edificio (sin licencia de funcionamiento) que antes era una nave industrial, y que tiene planta rectangular, 4 alturas, y su uso actual es administrativo (oficinas, LPC).

El edificio tiene como salidas dos escaleras protegidas: una al frente con salida a calle en planta baja, y otra al fondo sin salida a calle (solamente a las plantas). La pregunta es: según el CTE, ¿las puertas de acceso a la escalera del fondo de cualquier piso, sin salida a calle, contarían como salida de planta para poder tener los 50 m? Supondríamos todas las plantas diáfanas.

Gracias!
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#145387
Kyle_XY escribió:Muy buenas, el caso que me trae un poco de cabeza es un edificio (sin licencia de funcionamiento) que antes era una nave industrial, y que tiene planta rectangular, 4 alturas, y su uso actual es administrativo (oficinas, LPC).

El edificio tiene como salidas dos escaleras protegidas: una al frente con salida a calle en planta baja, y otra al fondo sin salida a calle (solamente a las plantas). La pregunta es: según el CTE, ¿las puertas de acceso a la escalera del fondo de cualquier piso, sin salida a calle, contarían como salida de planta para poder tener los 50 m? Supondríamos todas las plantas diáfanas.

Gracias!


Me respondo a mí mismo: sí valdría como salida de planta, se aplicaría el pto. 1 de la definición: escalera no protegida que conduce a planta con salida a calle... En este caso la escalera es protegida, con lo cual la seguridad es aún mayor.
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#145416
Kyle_XY escribió:
Kyle_XY escribió:Muy buenas, el caso que me trae un poco de cabeza es un edificio (sin licencia de funcionamiento) que antes era una nave industrial, y que tiene planta rectangular, 4 alturas, y su uso actual es administrativo (oficinas, LPC).

El edificio tiene como salidas dos escaleras protegidas: una al frente con salida a calle en planta baja, y otra al fondo sin salida a calle (solamente a las plantas). La pregunta es: según el CTE, ¿las puertas de acceso a la escalera del fondo de cualquier piso, sin salida a calle, contarían como salida de planta para poder tener los 50 m? Supondríamos todas las plantas diáfanas.

Gracias!


Me respondo a mí mismo: sí valdría como salida de planta, se aplicaría el pto. 1 de la definición: escalera no protegida que conduce a planta con salida a calle... En este caso la escalera es protegida, con lo cual la seguridad es aún mayor.


Recuerda que al ser una escalera protegida y, tal y como comentas, no tener salida directa a la calle, ha de estar situada a no más de 15 m de una salida de edificio . :ein

Otra cosa es que por altura de evacuación, no necesites que ninguna de las escaleras sea protegida. Entonces, tú puedes considerar como un extra que esa escalera sea protegida, no contar con su superficie para el cálculo de evacuación, con lo que su capacidad la puedes considerar únicamente como la de una escalera abierta y consecuentemente, tener 25 m hasta una salida de edificio o a 50 m si a 25 tienes una alternativa.

:usuario
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#145418
unomas escribió:
Kyle_XY escribió:
Kyle_XY escribió:Muy buenas, el caso que me trae un poco de cabeza es un edificio (sin licencia de funcionamiento) que antes era una nave industrial, y que tiene planta rectangular, 4 alturas, y su uso actual es administrativo (oficinas, LPC).

El edificio tiene como salidas dos escaleras protegidas: una al frente con salida a calle en planta baja, y otra al fondo sin salida a calle (solamente a las plantas). La pregunta es: según el CTE, ¿las puertas de acceso a la escalera del fondo de cualquier piso, sin salida a calle, contarían como salida de planta para poder tener los 50 m? Supondríamos todas las plantas diáfanas.

Gracias!


Me respondo a mí mismo: sí valdría como salida de planta, se aplicaría el pto. 1 de la definición: escalera no protegida que conduce a planta con salida a calle... En este caso la escalera es protegida, con lo cual la seguridad es aún mayor.


Recuerda que al ser una escalera protegida y, tal y como comentas, no tener salida directa a la calle, ha de estar situada a no más de 15 m de una salida de edificio . :ein

Otra cosa es que por altura de evacuación, no necesites que ninguna de las escaleras sea protegida. Entonces, tú puedes considerar como un extra que esa escalera sea protegida, no contar con su superficie para el cálculo de evacuación, con lo que su capacidad la puedes considerar únicamente como la de una escalera abierta y consecuentemente, tener 25 m hasta una salida de edificio o a 50 m si a 25 tienes una alternativa.

:usuario


Claro, eso es un problema, porque desde la escalera hasta la salida de edificio en la planta baja hay mucho más de 15 m, y más de 25 m, y solamente hay salidas en la parte frontal del rectangulo de planta, a unos 45 m, puede que más... de todas formas, a poca distancia del desembarco de la escalera en planta baja hay un vestíbulo protegido que te lleva hasta la salida, ¿podría considerarse entonces esa escalera como vía de evacuación? El edificio es LPC con aprox. 20 m de altura de evacuacióny claro, entiendo que todas las escaleras que se consideren como recorrido de evacuación deben ser protegidas. La semana que viene tenían pensado entregarle los planos a la técnico municupal para obtener la licencia de funcionamiento como LPC (administrativo)...

Gracias.
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#145488
Kyle_XY escribió:Claro, eso es un problema, porque desde la escalera hasta la salida de edificio en la planta baja hay mucho más de 15 m, y más de 25 m, y solamente hay salidas en la parte frontal del rectangulo de planta, a unos 45 m, puede que más... de todas formas, a poca distancia del desembarco de la escalera en planta baja hay un vestíbulo protegido que te lleva hasta la salida, ¿podría considerarse entonces esa escalera como vía de evacuación? El edificio es LPC con aprox. 20 m de altura de evacuacióny claro, entiendo que todas las escaleras que se consideren como recorrido de evacuación deben ser protegidas. La semana que viene tenían pensado entregarle los planos a la técnico municupal para obtener la licencia de funcionamiento como LPC (administrativo)...


Primero: Esquemaaaaaa :yep

Segundo: ¿Qué es eso de LPC? :?:
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#145510
unomas escribió:Segundo: ¿Qué es eso de LPC? :?:

Local de Pública Concurrencia. ;)
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#145683
Kyle, si una te lleva directamente al exterior y en la otra tienes problemas...¿te has preguntado si es absolutamente necesaria la otra escalera? Por ocupación, recorridos... :ein
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#145706
unomas escribió:
Kyle_XY escribió:Claro, eso es un problema, porque desde la escalera hasta la salida de edificio en la planta baja hay mucho más de 15 m, y más de 25 m, y solamente hay salidas en la parte frontal del rectangulo de planta, a unos 45 m, puede que más... de todas formas, a poca distancia del desembarco de la escalera en planta baja hay un vestíbulo protegido que te lleva hasta la salida, ¿podría considerarse entonces esa escalera como vía de evacuación? El edificio es LPC con aprox. 20 m de altura de evacuacióny claro, entiendo que todas las escaleras que se consideren como recorrido de evacuación deben ser protegidas. La semana que viene tenían pensado entregarle los planos a la técnico municupal para obtener la licencia de funcionamiento como LPC (administrativo)...


Primero: Esquemaaaaaa :yep

Segundo: ¿Qué es eso de LPC? :?:


Aquí dejo archivo en Autocad donde se puede ver al fondo la escalera protegida, después han hecho una especie de vestíbulo de independencia, y luego un sector de incendio ya con salida calle. La altura de evacuación es de aprox. 20 m, y es necesario dos salidas de planta en cada altura para poder cumplir recorridos de evacuación.

http://www.savefile.com/files/2013877


Gracias! :comunidad
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#146201
Kyle_XY escribió:
unomas escribió:
Kyle_XY escribió:Claro, eso es un problema, porque desde la escalera hasta la salida de edificio en la planta baja hay mucho más de 15 m, y más de 25 m, y solamente hay salidas en la parte frontal del rectangulo de planta, a unos 45 m, puede que más... de todas formas, a poca distancia del desembarco de la escalera en planta baja hay un vestíbulo protegido que te lleva hasta la salida, ¿podría considerarse entonces esa escalera como vía de evacuación? El edificio es LPC con aprox. 20 m de altura de evacuacióny claro, entiendo que todas las escaleras que se consideren como recorrido de evacuación deben ser protegidas. La semana que viene tenían pensado entregarle los planos a la técnico municupal para obtener la licencia de funcionamiento como LPC (administrativo)...


Primero: Esquemaaaaaa :yep

Segundo: ¿Qué es eso de LPC? :?:


Aquí dejo archivo en Autocad donde se puede ver al fondo la escalera protegida, después han hecho una especie de vestíbulo de independencia, y luego un sector de incendio ya con salida calle. La altura de evacuación es de aprox. 20 m, y es necesario dos salidas de planta en cada altura para poder cumplir recorridos de evacuación.

http://www.savefile.com/files/2013877


Gracias! :comunidad


Por favor, una ayudita! :comunidad
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