Coordinador seguridad y salud (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#48671
Muy interesante lo que aqui se ha estado discutiendo, pero entiendo que es casi un dialogo de sordos. Me explico:

Es verdad que cualqiuier ingeniero, ingeniero tecnico, arquitecto o arquitecto tecnico es competente para ser CSS en el ambito de las obras que pueda proyectar (Ley de ordenacion de la Edificacion) pero solo para edificacion no para obra publica o para otro tipo de obras.

Tambien es verdad que segun el RD 1627 el plan de seguridad y salud se considera como la evaluacion de riesgos de la obra y que este PSS lo ha de hacer el CSS o aprobar el que se haga.

Por otra parte segun la LPRL y el Reglamento de los servicios de prevencion, se estipula que una evaluacion de riesgos compleja (Y hay pocas cosas mas complejas que una obra) la ha de hacer un Tecnico superior en Prevencion de Riesgos Laborales y no discrimina a nadie.

Asi pues nos encontramos con normas procedentes de distintos departamentos ministeriales que aparentemente son contradictorias o al menos dicen cosas distintas.

¿Cual seria el ideal? Evidentemente que el CSS fuese al mismo tiempo TSPRL y tuviese la titulacion adecuada segun la LOE. Si esto no es asi, se corre el riesgo de que alguna autoridad interprete que no se esta cumpliendo estrictamente con la ley y obre en consecuencia.
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#49399
Diaspar el CSS de seguridad y salud no tiene que hacer el plan de seguridad y salud, este lo tiene que hacer la contrata.

Luego hay que diferenciar al CSS en fase de proyecto, que es el que realiza el estudio basico de seguridad y salud y el CSS en fase de ejecución de obra que es el responsable de la coordinación de las actividades empresariales y aprobar el plan de seguridad y salud que entrega la contrata.

Yo ahora os pregunto sobre las obligaciones del coordinador de seguridad. Cuando trabajaba de CSS era yo el que tenia que convoca al comite de seguridad y salud, llevar los planes de seguridad con las actas visadas a trabajo... Ahora me encuentro en el otro bando, técnico de seguridad en la constructora principal, soy yo el que tengo que convocar al comite de seguridad y salud, la normativa interna de la empresa me obliga al menos de 10 reuniones anuales y redactar las actas de las mismas, encima de la mesa tengo 4 planes de seguridad y salud para llevarlos a trabajo el lunes... es no es cosa del coordinador ¿?

Luego en la obra los verdaderos responsables de la seguridad son el jefe de obra y el recurso preventivo cuando yo firmo el contrato de trabajo firmo como tecnico de seguridad pero en ningun momento lo hago como recurso preventivo, esto se le suele dar al encargado de la misma. Asi que entiendo que mi puesto es para delegar las funciones en materia de seguridad y salud del jefe de obra en mi para no cargarle de trabajo pero tambien se delegan las responsabilidades que se puedan derivar de un accidente ¿?

Saludos y gracias.
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#49558
Cierto es Miguel lo que dices acerca de los estudios planes etc....nunca me habia percatado pero cierto es que puede darse la interpretacion nada descabellada de que necesites el ser tecnico superior para firmar estos documentos pues como muy bien dices, para evaluar riesgos etc etc solo estan capacitados los tecnico superiores en PRL......ahora bien esta jodidillo (con perdon) el que solo lo puedan firmar ellos (bueno nosotros) por como esta montado todo....pero siempre esta el riesgo de que salga una sentencia judicial y las reglas de juego cambien.....cosa no muy descabellada por cierto
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#49563
No estaria tan tranquilo solamente confiando en tu seguro de responsabilidad civil para cubrirte las espaldas. Me preocupa mas el tema penal pq no creo que sea necesario recordar que ya hay sentencias etc etc....estas las tienes que cumplir (reducciones aparte).

Yo no dejaria el cabo suelto de la necesidad o no de ser tecnico superior ante un juez puesto que al final va ser su interpretación y como todos sabemos las interpretaciones son de cada uno. Y la cosa no esta tan clara como parece: si un tecnico la firma sucede algo, se va a juicio y ese tecnico no tiene el curso tecnico superior en PRL, y yo soy la parte contraria atacaria por ahi sin dudarlo para librarme yo (es asi de claro). vete y explicale a juez que diste tres dias clase en la escuela (y eso te habilita aun habiendo legislacion curso etc) y que si la abuela fuma que si no se que......no se, la duda es razonable y arriesgarte ante un juez por una nimiedad me parece ridiculo pero cada uno tiene el culo que tiene y el riesgo es muy personal.....

por cierto que te lo firme un colegio no es un signo ni muchisimo menos de tranquilidad...ellos se dedican a recaudar (por cierto alguien sabe para que se utiliza ese dinero)....o a caso es el primer caso que se da de que te lo visen y vas a juzgado por otro colegio y palmas.....
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#53734
Hola.

Al hilo de esto, me surgen algunas preguntas:

Siempre debe haber un coordinador de seguridad en todo tipo de obra?

Si no lo hay, se entiende que es el ingeniero que hizo el proyecto?

El coordinador debe ser externo a cualquiera de las empresas que intervienen? Es decir, yo que soy instalador, puedo hacer mi plan de seguridad y salud y ser yo mismo el coordinador, o tengo que contratar a alguien con el título que me haga el plan de seguridad, lo firme y sea el coordinador?

Lo cierto es que hay obras donde nos llaman para reuniones de seguridad y en el resto de obras, no. Cómo se regula esto? Quién lo controla? o es que hasta que pase algo, no se reacciona?
Es esto normal?

Gracias.
por
#53830
Te contesto citando la legislacion entre tus mismas palabras

lijsterlaan escribió:Hola.

Al hilo de esto, me surgen algunas preguntas:

Siempre debe haber un coordinador de seguridad en todo tipo de obra?
RD 1627/1997 D
Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de seguridad y salud.
....
Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

...


Si no lo hay, se entiende que es el ingeniero que hizo el proyecto?

Cuando no haya coordinador de seguridad y salud sus funciones la asumira la dirección facultativa.

El coordinador debe ser externo a cualquiera de las empresas que intervienen? Es decir, yo que soy instalador, puedo hacer mi plan de seguridad y salud y ser yo mismo el coordinador, o tengo que contratar a alguien con el título que me haga el plan de seguridad, lo firme y sea el coordinador?

Como ya te he dicho antes, el coordinador es designado por el promotor de la obra y se integrara a la dirección facultativa de la misma.
Tu si eres instalador me imagino que lo haras como mucho en calidad de contrata, en ese caso si elaboras tu plan de seguridad y salud y el coordinador lo aprobara. Si eres una subcontrata te adhieres al plan de la contrata principal.


Lo cierto es que hay obras donde nos llaman para reuniones de seguridad y en el resto de obras, no. Cómo se regula esto? Quién lo controla? o es que hasta que pase algo, no se reacciona?
Es esto normal?

En esto no puedo ayudarte la verdad. Lo que te puedo decir que cuando yo era coordinador de seguridad y salud la comision de seguridad y salud la convoca yo. Ahora resulta que soy tecnico de seguridad de la constructora y tambien las estoy convocando yo. Me imagino que la diferencia sera que como coordinador de seguridad y salud la promotora era una gran empresa y se preocupaba mucho por la seguridad, ahora en la constructora la promotora es una inmobiliaria y para no arriesgarse la constructora de que haya pasotismo por parte del coordinador para que la obra vaya para adelante asi que mi empresa nos cubres las espaldas tanto a la empresa como a mi como tecnico... y al coordinador.

Ten en cuenta aunque la obligacion del coordinador es parar los tajos cuando lo requiera no creo que lo haga porque claro a quien perjudica es al promotor que es el que le paga.


Gracias.


Si te queda alguna duda aqui tienes el RD 1627/1997 sobre disposiciones minimas de seguridad y salud en obras de construccion.
por
#54100
Gracias.

Cuanta más información me dais, otras nuevas dudas me surgen.
por
#54343
Tan mal me explico :cry: :cry:

Nada quiyo las dudas que tengas pues ya sabes solo tienes que preguntarla, seguro que entre todos se te resuelven todas.
por
#57066
He leido, que el plan de seguridad evalúa riesgos. En mi opinión la evaluación de riesgos se hace en el estudio de seguridad o estudio básico. En el plan de seguridad lo que se hace es planificar la actividad preventiva de acuerdo a los riesgos identificados y evaluados en el estudio de seguridad.

En cuanto al Coordinador, según la Guía Técnica para la evaluación y prevención de riesgos relativos a las obras de construcción es conveniente que el técnico competente (arq., arq.tec,ing. ing te.) tenga formación adecuada en el campo de la prevención de riesgos laborales(200 horas).
por
#58271
Sdc escribió:He leido, que el plan de seguridad evalúa riesgos. En mi opinión la evaluación de riesgos se hace en el estudio de seguridad o estudio básico. En el plan de seguridad lo que se hace es planificar la actividad preventiva de acuerdo a los riesgos identificados y evaluados en el estudio de seguridad.

En cuanto al Coordinador, según la Guía Técnica para la evaluación y prevención de riesgos relativos a las obras de construcción es conveniente que el técnico competente (arq., arq.tec,ing. ing te.) tenga formación adecuada en el campo de la prevención de riesgos laborales(200 horas).


La observación que haces del Plan de Seguridad es del todo cierta. De hecho muchos Coordinadores de Seguridad y Salud nos han hecho modificar los Planes de Seguridad porque figuraba una minievaluación de riesgos (no puedo calificarlo como evaluación, más bien como indicación y valoración).

En cuanto a la capacitación del Coordinador, yo soy mismo soy Coordinador y te puedo asegurar que no es necesario disponer de titulación en materia de PRL, tan solo hay que ser técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero, ingeniero técnico). Otra cosa es que alguien sin conocimientos suficientes quiera ejercer, aun siendo técnico competente, ya que las responsabilidades que asume son demasiado importantes como para tomarlas a la ligera.
por
#58312
Hola.

Aunque ya me contestó ceutí, no deja de extrañarme que quien haga un proyecto, es automáticamente coordinador de seguridad "gratis".

Y sin embargo, en determinadas obras que tengo, la propiedad ha decidido contratar a un coordinador de seguridad externo.

¿No se supone que se lo podía ahorrar con el ingeniero que hizo el proyecto?
por
#58392
lijsterlaan escribió:Hola.

Aunque ya me contestó ceutí, no deja de extrañarme que quien haga un proyecto, es automáticamente coordinador de seguridad "gratis".

Y sin embargo, en determinadas obras que tengo, la propiedad ha decidido contratar a un coordinador de seguridad externo.

¿No se supone que se lo podía ahorrar con el ingeniero que hizo el proyecto?


El Coordinador de SyS lo contrata el promotor de la obra a su antojo. No siempre que se hace un proyecto el proyectista ingeniero es el Coordinador a no ser que sea el designado por el promotor.

Gratis? O muy caro es el proyecto y "compensa" con la DF y la Coordinación o en menudo berengenal se mete ese Coordinador. Yo te aseguro que no lo haria... al menos de buenas a primeras.
por
#58410
lijsterlaan escribió:Hola.

Aunque ya me contestó ceutí, no deja de extrañarme que quien haga un proyecto, es automáticamente coordinador de seguridad "gratis".

Y sin embargo, en determinadas obras que tengo, la propiedad ha decidido contratar a un coordinador de seguridad externo.

¿No se supone que se lo podía ahorrar con el ingeniero que hizo el proyecto?


Una coordinacion gratis es una locura.

El coordinador de seguridad lo debe designar el promotor aunque este la mayoria de los casos no lo sabe y somos los ingenieros los que debemos de informarle.

Pero piensa que hacer una coordinacion no es solo rellenar unos papeles ya que aparte de la gran responsabilidad que tienes pierdes un monton de horas.

Por eso que hacer una coordinacion de seguridad por defecto como direccion facultativa se debe cobrar a parte ya que te conviertes en el saco de todos los golpes en el caso de que pasara algo.

Por lo que lo de ahorrar dinero que comentas creo que no es una solucion adecuada, y ademas considero que es una accion irresponsable por parte del ingeniero que lo realiza, ya que, coordinar la seguridad tiene su valor y hay que pagarlo.
por
#58566
A ver.

Quiero decir que ¿todos vosotros que haceis proyectos estais siendo coordinadores de seguridad y salud sin notificarlo a nadie, y algunos sin saberlo?
Excluyo a los que son contratados oficialmente para ello.

Es decir, si nadie dice nada.
¿¿Estais haciendo de CSyS automáticamente??
por
#58588
lijsterlaan escribió:A ver.

Quiero decir que ¿todos vosotros que haceis proyectos estais siendo coordinadores de seguridad y salud sin notificarlo a nadie, y algunos sin saberlo?
Excluyo a los que son contratados oficialmente para ello.

Es decir, si nadie dice nada.
¿¿Estais haciendo de CSyS automáticamente??


No en mi caso. Si no me designa la Propiedad no hay CSS. El hecho de hacer un proyecto y su correspondiente ESS/EBSS no implica que el redactor sea el CSS...
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