Posibilidad de realizar Estudio básico de seguridad y salud (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#142064
Buenos días

Os quiero comentar una duda que tengo a ver si alguien me puede ayudar.
Yo soy ingeniero técnico industrial, trabajo en una empresa de instalaciones eléctricas y tengo mi seguro de responsabilidad civil hecho en el colegio de ingenieros, el cual renuevo todos los años.
Yo en mi empresa hago y firmo, entre muchas cosas (me tienen explotado), planes de seguridad y salud.
El tema es que la comunidad de vecinos de un conocido va a realizar unas obras de reforma de tejado y fachada, y a la comunidad no se le exige un coordinador de seguridad y salud, pero si le exigen un estudio básico de seguridad y salud. Querria saber si este estudio básico de seguridad y salud lo podría hacer y firmar yo, sin tener ningún problema posterior. O a ver que problemas posteriores me podrian surgir. A ver si por hacer un favor la voy a liar. Supongo que si no se lo hago yo tendran que acudir a alguna mutua tipo MC o así a que se lo hagan.

Siento que sea un poco larga la consulta.

Un saludo
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#142133
Pues en principio sólo el técnico competente (LOE).......mucho me temo que si es una reforma de una vivienda, lo vas a tener en chino.......pero a ver que dicen los demás
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#142249
Hola,

estás hablando de una obra sin proyecto donde el ayto ha sido quien ha pedido a la comunidad el tema del estudio básico de seguridad y salud?

Es que es un tema que se me ha dado varias veces y SI puedes hacer el estudio ( yo ya lo he hecho ).

Ten en cuenta que lo que firmes será bajo tu responsabilidad.


Un saludo
por
#142400
si firmas por tu cuenta, y no por empresa, pues entiendo Yo que debes de estar dado de alta como autónomo o en la mupiti, supongo tu colegio ya te lo exige esto, y el IAE y todo para poder trabajar por tu cuenta.


Luego el tema estudios de seguridad y salud, estudios básicos de seguridad y salud, planes de seguridad y salud, coordinador de seguridad y salud,.. se exige debido al RD1627/97, raíz de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y no de la LOE.

Luego entiendo Yo, que según Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y según Reglamento 39 hay unas titulaciones en cuanto a la prevención de riesgos laborales, que para poder firmar evaluaciones de riesgos laborales, planificaciones de la actividad preventiva,.. pues que esto son atribuciones del Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, no de un arquitecto o ingeniero; por tanto entiendo Yo que para poder ser competente necesitas tener el Tco. Superior en Prev. R.L. para cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
por
#142502
Miguel escribió: por tanto entiendo Yo que para poder ser competente necesitas tener el Tco. Superior en Prev. R.L. para cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.


Ya me gustaria a mi que fuera así........me remito a mi experiencia y a la de otros........ya veremos lo que dice el "arquitecto" del ayuntamiento cuando vea todo.......si tienes mano, pues colará pero si no y es efectivamente arquitecto o aparejador (y mas con el paro que estan empezando a tener) ya veremos lo que ocurre.....

por cierto, yo tambien lo entiendo así pero........


Por ultimo, lo de ser tecnico superior en prevencion de riesgos laborales, te habilita para ciertas tareas y de ello se ha debatido en muchas ocasiones por estos lares.........y por lo debatido, no está nada claro........ahora bien, la realidad te pone en tu sitio.....

De todas las maneras, lo que yo diga no va a ningun lado.........metelo y si cuela, coló.......rinrin caja y punto.....
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#142840
Para firmar un ESS tienes que ser técnico competente (ingeniero, ingeniero técnico, arquitecto, o arquitecto técnico). También entiendo que lo tienes que firmar siendo autónomo o a través de una empresa o mutua. Después, ten cuidado, ya que si hay algún accidente tienes responsabilidad, y según la gravedad del mismo puede ser civil o penal (para el penal no hay seguro que valga).
por
#145350
si lo del paro está -> ahora he visto un artículo en prevencionintegral escrito por un arquitecto técnico diciendo que en seguridad en la construcción, debe de ser un arquitecto o arquitecto tco., y no hace falta que tenga ninguna titulación en prevención!!

POR DIOS!!! ¿Y COMO PODRÁ GESTIONAR LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN UNA OBRA?

para los arquitectos ayuntamientos que no lo sepan y el que ha escrito el artículo, le digo que la prevención de riesgos laborales está compuesto por:

SEGURIDAD EN EL TRABAJO, HIGIENE INDUSTRIAL, ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGIA APLICADA, Y MEDICINA EN EL TRABAJO QUE ESTO CORRESPONDE AL MÉDICO.

O ¿LA MEDICINA EN EL TRABAJO TAMBIÉN LO HACEN LOS ARQUITECTOS Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DONDE SON COMPETENTES?


Y YO LES DIGO QUE HAY QUE CUMPLIR CON NUESTRA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES QUE TENEMOS AQUÍ EN ESPAÑA, Y TODA SU NORMATIVA.


LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD, SEGUN RD1627/97, NO ES HACER EL PROYECTO, NI LA DIRECCIÓN DE LA OBRA, NI EL CONTROL DE LA CALIDAD DE LOS MATERIALES... ESTOS TEMAS ESTAN REGULADOS POR LA LOE CLARO, PERO SI MIRAMOS LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD, SON ATRIBUCIONES DEL TCO. SUPERIOR EN PREV. R.L. (APROBAR PLANES DE SEGURIDAD Y SALUD,...).


POR DIOS ESTO DE DECIR: NINGUNA TITULACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES!!! Cuando pase algo... si fuera fiscal, ya vería este arquitecto tco que dice QUE AQUÍ EN ESPAÑA NO HACE FALTA NINGUNA TITULACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


RECUERDO QUE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN UNA OBRA HAY:
SEGURIDAD EN EL TRABAJO, HIGIENE INDUSTRIAL, ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGIA APLICADA.

¿QUE NO HAY HIGIENE Y ERGONOMIA EN UNA OBRA? O ¿PSICOSOCIOLOGIA? según el que escribe el artículo para él no, no hay, claro es arquitecto tco. normal mira para él, por eso dice que no hace falta ninguna titulación en prevención, solo la firma y con la firma ya se tenemos la seguridad ok, este es su punto de vista. Yo le digo a este buen hombre que se lea NUESTRA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES QUE TENEMOS AQUÍ EN ESPAÑA, y toda su normativa del sector.

por eso se iba como se iba..... sin estudios en prevención, sin haber profesionales del sector claro.

Yo pienso como todo profesional, que como más formación en prevención disponga uno, pues mejor, y en el caso de la seguridad en la construcción, pues cuanta más formación en prevención disponga, pues mucho mejor será el que gestione o coordine la seguridad en una obra.


Por tanto, si este arquitecto tco. quiere trabajar de coordinador de seguridad y salud... le recomiendo que se saque el tco. superior en prevención de R.L. para poder tener las atribuciones, ya que este año es el último año que se puede realizar, después pasará a una carrera.

Saludos,

nota: un amigo me contó que en Francia, la figura del coordinador de seguridad y salud en obras es una titulación universitaria y no es un ingeniero ni un arquitecto, pero no lo he mirado esto.
por
#148511
Llego tarde al foro, pero creo que hay cierta confusión entre Coordinador de Seguridad de Obra, y Técnico de Prevención de la empresa.

Un coordinador puede serlo un técnico competente (arquitectos e ingenieros, superiores o técnicos).

Pero es que, además de coordinador en la obra, también tiene que haber servicio de prevención en la empresa constructora (y, por consiguiente, en todas las obras de esta empresa)!!!!!! Son dos cosas diferentes !!!!! Uno lo obliga el RD de construcción, y el otro el RD de los servicios de prevención. Una empresa constructora debe tener ambos.

Y un servicio de prevención solo lo pueden hacer técnicos de prevención y médicos especialistas en medicina de empresa.

Y AHORA VIENE EL TRUCO: si un ingeniero tiene el título de prevención, puede hacer las dos cosas al mismo tiempo. Un arquitecto (o ingeniero), sin prevención, solo puede hacer de coordinador, y la empresa sigue teniendo que pagar por el técnico de prevención. Y un técnico de prevención si no es ingeniero o arquitecto, no puede hacer de coordinador, y la empresa también tiene doble coste. ESA ES NUESTRA VENTAJA
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#148691
Hola a tod@s!! despues de un tiempo sin poder entrar en el foro, me encuentro con este "fabuloso" tema, jeje lo digo porque me lo he encontrado bastantes veces en mi trabajo, ya que me dedico ha hacer proyectos de construccion para diversos arquitectos.

Si no estoy equivocado el tema de las funciones es el siguiente:

* Coordinador de seguridad: Tecnico competente, en el caso de edificacion de viviendas, SOLO pueden ser Arquitectos o Aparejadores (Arq. Tecnicos)

* Tecnico en prevencion en fase de redaccion: puede ser cualquier tecnico (Arquitectos, Ingeniero, Ing Tecnico o Arq Tecnico) que ademas tenga titulacion como Tecnico Superior en PRL.

Esta segunda parte como ya se comento en algun hilo del foro se puede hacer asi ya que el Estudio (o Estudio Basico) de PRL lo tiene que asumir el coordinador de seguridad de la obra, que se "supone" tendra los conocimientos tecnicos y de prevencion suficientes para comprobar que es correcto.

Aun asi os aseguro que dependiendo de las ganas de guerra que tenga el arquitecto municipal o el que redacta el proyecto asi seran los problemas que pueda tener el que firme el Documento.

Saludos
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#150639
lucky escribió:Hola a tod@s!! despues de un tiempo sin poder entrar en el foro, me encuentro con este "fabuloso" tema, jeje lo digo porque me lo he encontrado bastantes veces en mi trabajo, ya que me dedico ha hacer proyectos de construccion para diversos arquitectos.

Si no estoy equivocado el tema de las funciones es el siguiente:

* Coordinador de seguridad: Tecnico competente, en el caso de edificacion de viviendas, SOLO pueden ser Arquitectos o Aparejadores (Arq. Tecnicos)

* Tecnico en prevencion en fase de redaccion: puede ser cualquier tecnico (Arquitectos, Ingeniero, Ing Tecnico o Arq Tecnico) que ademas tenga titulacion como Tecnico Superior en PRL.



:nono El estudio lo redacta el técnico competente designado por el promotor. Si es un ingeniero, visa el estudio en su colegio y tan contentos. Y si lo que se visa es el acta de aprobación del plan con su correspondiente acta de asume de coordinación, pues también se visa y sale el ingeniero tan contento de su colegio con su visado.

Vale, ¿Y dónde está el problema?
Pues que si lo que se ha visado es el estudio, cuando el arquitecto de turno incorpora dicho estudio a su proyecto de ejecución, en su colegio le dicen que nones :nono :nono :nono que el ingeniero no está capacitado para visar ese estudio (cuando se trata de edificación de viviendas) basándose en una sentencia del tribunal superior de justicia (creo que de Andalucía). Y por lo tanto no le visan el proyecto, y entonces coge el señor arquitecto, visa el mismo estudio y se lo cobra al promotor. Lo incorpora a su proyecto y en su colegio le dicen que :yep :yep :yep que ahora le ha quedado más bonito.
Esto es así porqué creo que tengo el honor de ser el primer ingeniero de Catalunya al que un colegio de arquitectos denegó el visado del proyeto presentado por el arquitecto (porqué se adjuntaba mi estudio).
En el caso de la coordinación esto no pasa porqué el acta de coordinación visada no pasa por el colegio de arquitectos.
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#151148
Bekenise escribió:
:nono El estudio lo redacta el técnico competente designado por el promotor. Si es un ingeniero, visa el estudio en su colegio y tan contentos. Y si lo que se visa es el acta de aprobación del plan con su correspondiente acta de asume de coordinación, pues también se visa y sale el ingeniero tan contento de su colegio con su visado.

Vale, ¿Y dónde está el problema?
Pues que si lo que se ha visado es el estudio, cuando el arquitecto de turno incorpora dicho estudio a su proyecto de ejecución, en su colegio le dicen que nones :nono :nono :nono que el ingeniero no está capacitado para visar ese estudio (cuando se trata de edificación de viviendas) basándose en una sentencia del tribunal superior de justicia (creo que de Andalucía). Y por lo tanto no le visan el proyecto, y entonces coge el señor arquitecto, visa el mismo estudio y se lo cobra al promotor. Lo incorpora a su proyecto y en su colegio le dicen que :yep :yep :yep que ahora le ha quedado más bonito.
Esto es así porqué creo que tengo el honor de ser el primer ingeniero de Catalunya al que un colegio de arquitectos denegó el visado del proyeto presentado por el arquitecto (porqué se adjuntaba mi estudio).
En el caso de la coordinación esto no pasa porqué el acta de coordinación visada no pasa por el colegio de arquitectos.


Jodeeer con los arquitectos cada vez lo ponen mas chungo para que nos ganemos la vida los demas.

Entonces la coordinacion la puede llevar un ingeniero?? Es que no entiendo muy bien la ultima frase de tu post.

saludos
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#151238
La coordinación de un edificio de viviendas sí que la puede ejercer un ingeniero (yo las hago en mi empresa) ya que el acta que viso y que me designa como coordinador no pasa por el colegio de arquitectos, va directamente a trabajo. En cambio cuando viso el estudio de seguridad, éste sí que pasa por el colegio de arquitectos, ya que forma parte del proyecto de ejecución redactado por el arquitecto, y cuando en su colegio ven la firma del ingeniero en el estudio no lo admiten.
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#151799
Bekenise escribió:La coordinación de un edificio de viviendas sí que la puede ejercer un ingeniero (yo las hago en mi empresa) ya que el acta que viso y que me designa como coordinador no pasa por el colegio de arquitectos, va directamente a trabajo. En cambio cuando viso el estudio de seguridad, éste sí que pasa por el colegio de arquitectos, ya que forma parte del proyecto de ejecución redactado por el arquitecto, y cuando en su colegio ven la firma del ingeniero en el estudio no lo admiten.


Gracias por la aclaracion ya que eso me abre una puerta que hasta ahora creia que estaba cerrada y de hecho un par de coordinaciones que me ofrecieron se las pase a un aparejador amigo mio (eso si ha cambio de ciertos favores de trabajo).

Saludos
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#151813
:yep coordinador SyS: Arquitecto, arquitecto técnico, Ingeniero e ingeniero técnico
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#152049
eltero escribió::yep coordinador SyS: Arquitecto, arquitecto técnico, Ingeniero e ingeniero técnico


:yep "según sus competencias y especialidades" :yep

La coletilla trae cola.
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