Sentencias de tribunales de justicia (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#163952
Yo tampoco. :roll: :roll:

:comunidad
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#163980
Pues a mí me abren los tres enlaces, chicas.
Y en el tercero, accedes a dos archivos .doc. Los cuelgo aquí, por si alguien sigue teniendo problemas. :comunidad
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#164184
mnovo escribió:creo que es necesario matizar la sentencia del STS de 2002 a tenor del siguiente fallo que, por otra parte, no hace sino retomar la línea jurisprudencial habitual en TS (...)

"Denegación a los Ingenieros Técnicos Agrícolas con la subespecialidad de Hortofruticultura y Jardinería de la atribución profesional para la redacción y dirección de proyectos de obras de regadíos"

No. Es un caso diferente. Hay ingenierías técnicas cuya especialidad técnica coincide con la especialidad académica, pero hay otras en las que no coincide, como la Industrial.

En su tiempo las atribuciones de los anteriores Peritos Industriales siempre fueron generalistas, idénticas a las de los Ingenieros Industriales Superiores pero limitadas cuantitativamente. Es decir, nunca tuvieron una limitación por especialidad académica en nada. Tenían limitaciones de cantidad de personas, de H.P. o de voltios (p. ej. Decreto-Ley 37 de 13 de Junio de 1977) y eso mismo es lo que hacía un I.T. Industrial hasta 1986 cuando aparece la existente Ley de atribuciones. Y reconocido expresamente en la legislación, que es lo que cuenta.

Pero las atribuciones de los Peritos e I.T. Agrícolas no incluían nada como eso. En proyectos, estaban limitadas a la parte de su especialidad académica, en la denominada "colaboración" "dentro de sus distintas especialidades agrícolas" (p. ej. Decreto 2094/1971 de 13 de agosto).

Es decir, unos abarcaban toda su especialidad técnica, los otros solo una parte.

Y ese campo de actuación es el heredado según la Ley 12/86 por los respectivos Ingenieros Técnicos con la consecuente desaparición de las limitaciones, y en el caso de los I.T. Industriales en toda la industria. No en partes.

Por lo tanto son casos distintos y aquel tema agrícola no viene al caso de la nave industrial que es de lo que se estaba hablando, conviene saberlo para no armarse un lío y saber un poco de donde vienen las cosas.

Saludos.
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