Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#1724
El problema que me surge es el siguiente: han comprado 1 nave exixtente donde antes habia 1 taller fallero y antes 1 carpinteria metalica.
Pretenden hacre 1 taller de reparación de automóviles pero aprovechar la instalación electrica existente que es anterior al REBT 2002.
En uno de los primeros puntos del REBT dice q si la modificacion no es de importancia (menos del 50 % instalacion) no es necesario adaptar instalacion a nuevo reglamento. Lo he justificado gracias a la iluminación y una maquina de soldadura que ellos tienen que es del mismo tipo que la de la carpinteria metalica.
De todas formas (no se si esto esta bien) y tampoco se muy bien que papeles deberia presentar, cambio de titutar instalacion electrica?, ademas los que le han vendido la nave (artista fallero) creo que no son los titulares de la instalacion electrica, con lo cual no tengo los datos de los titulares de origen ni documento compraventa con respecto a ellos.
Q lio, todo pq la instalacion nueva (cables ignifugos y protecciones metalicas) valen 1 pastay claro quieren intentar lo que hay, q de hecho a ellos les sirve.
Gracias
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#2150
Pregunta en la oficina de suministros de la localidad y te aclararán si hace falta un proyecto técnico o sólo la documentación del instalador autorizado.
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#2153
Pareces un niño de un añito hablando...
comprado 1 nave exixtente donde antes habia 1 taller fallero y antes 1 carpinteria metalica.

"uno" nave, "uno" taller, "uno" carpinteria....

Q lio, todo pq la instalacion nueva
... :cabezazo :cabezazo

Si cambias de actividad tienes que hacer un proyecto nuevo, si le corresponde proyecto.
Por mi parte, no volveré a contestar mensajes "cifrados" como este.
El castellano es bastante antiguo y rico como para que ahora andemos olvidándolo.
por
#2180
Las ampliaciones del 50% se entienden que son sobre la potencia electrica de la actividad que ya se esta desarrollando.

Como ya te ha dicho Mazinger, si hay un cambio de actividad te corresponde estudiar las necesidades de la instalacion electrica en la ubicacion que se pretende montar.

Un saludo

Daniel
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#2184
Gracias por vuestras aportaciones.
En cuanto a mi forma de escribir supongo que se me ha pegado la forma de escribir abreviada de los mensajes sms, de todas formas es una cuestion de economía de caracteres que creo no afecta a la comprension del mensaje.
En cuanto a vuestros comentarios:
- La oficina de suministro no me da ningun tipo de orientacion.
- El REBT 2002 se refiere a cambio de potencia de la instalacion, no cita en ningun caso la actividad. Una instalacion lo continua siendo aunque cambie la actividad desarrollada.

De momento me veo como estaba, pero si averiguo algo mas os lo hare saber.
por
#2185
Si, uan instalacion es siempre una instalacion, pero no es lo mismo una instal acion para una carpinteria, que para un local de publica concurrencia que para una planta quimica.

Un saludo

daniel
por
#2198
"Si, uan instalacion es siempre una instalacion, pero no es lo mismo una instal acion para una carpinteria, que para un local de publica concurrencia que para una planta quimica.

Un saludo

daniel"

El REBT no dice nada respecto a un cambio de actividad de una instalación, solo se refiere a potencia ampliada....

"Las ampliaciones del 50% se entienden que son sobre la potencia electrica de la actividad que ya se esta desarrollando."

Eso de se entiende, tambien puedo entender yo lo contrario..... el REBT no dice nada ni en un sentido ni en el otro.

De todas formas esta semana hablare con industria...la diferencia son varios millones de pesetas y no es cuestion de dejarlo a libres interpretaciones....

Carles
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#2204
Cada actividad requiere una autorización o licencia.
Si antes era un granja, y ahora va a ser un pub, la instalación no vale, hay que hacerla nueva, con sus correspondientes proyectos, autorizaciones, etc.
Si la actividad va asert la misma, y se amplía menos del 50% vale, pero aunque aproveches parte de la instalación anterior, debes de proyectarla de nuevo, en función de las máquinas y riesgos previstos.

Lo que puedes conservar son los derechos de la potencia actual, y pagar los kw que amplies.
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