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#186435
Buenos días, me gustaría saber si las puertas de garaje de uso comunitario o particular, asi como la de los locales comerciales estan abligadas a pasar una inspeccion de una OCA cuando transcurre un periodo de tiempo determinado.

¿que tipo de controles realizaría la OCA? ¿que responsabilidades tiene el cliente final sobre su puerta? (mantenimientos, etc)

otra duda, partiendo de que toda puerta nueva tiene que tener marcado CE y declaracion de conformidad, las puertas viejas, estan obligadas a adaptarlas a la nueva normativa? en caso de q si, a partir de que año? quien certifica que la puerta se ha adaptado correctamente?

un saludo
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#186662
No soy experto en OCA's, pero nunca ninguna me ha inspeccionado ninguna puerta. Si vienen para inspeccionar un local de pública concurrencia, y tiene puerta eléctrica, únicamente comprobarán la instalación, y no la puerta en si.

Tampoco se adaptará al marcado CE si es antiguo, porqué cada máquina se construye con la normativa de su tiempo, y si no supone un riesgo, sigue funcionando, a pesar de que la normativa cambie. Por eso, siguen funcionando coches del 1960, a pesar de no tener catalizador o tercera luz de freno. O no se hicieron todas las instalaciones eléctricas nuevas en el 2002, cuando salió el nuevo reglamento.

Si has comprado un aparcamiento con una puerta vieja, y quieres que funcione como una nueva, es muy posible que tenga que cambiarla (y pagarla).
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