Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#195989
:saludo Buenos a tod@s.

Paso a exponeros una duda que tengo sobre titularidad de edificios y actividades.
El tema es el siguiente:
Tengo que realizar una licencia ambmiental de una actividad de tapizado de tresillos en una nave anexa a otra(no comparten estructura) propiedad de otro titular, pero en la cual mi cliente desarrola la misma actividad ya con licencia de hace 12 años.
Es decir, resumiendo:
Nave1: PROPIEDAD TITULAR A
Nave1: ACTIVIDAD TITULAR B
Nave2: PROPIEDAD TITULAR B
Nave2: ACTIVIDAD TITULAR B

La duda que me surge es:

¿Los edifcios serían tipo B teniendo en cuenta que la titularidad de los edificios es diferente?
¿Los edifcios serían tipo C teniendo en cuenta que la titularidad de la actividad en ambos es la misma?.
Por lo que he leido creo que va más en el sentido de la primera opción.
:amo ¿Algún experto me lo podría corroborar?
:brindis Muhas gracias a todos.
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#196004
Yo tenía una duda similar, igual lo que se habó aquí te sirve:

viewtopic.php?f=8&t=23533
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#196016
La titularidad de la actividad o la propiedad no tienen nada que ver con la configuración de la nave según RSIEI. La configuración es la que es, según las tipologías del RSIEI. Otra cosa: dependiendo que quién interprete el RSIEI, el hecho de que la estructura sea independiente de la colindante no implica necesariamente que no sea tipo A, también puede depender de si comparten medianerías. En el foro (si usas el buscador lo encontrarás) hay información sobre esta interpretación.
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#196019
fsi escribió:La titularidad de la actividad o la propiedad no tienen nada que ver con la configuración de la nave según RSIEI.


Totalmente equivocado. Por ejemplo, extraído de la Guía de aplicación del RSCIEI:

Imagen


JCFO escribió:Tengo que realizar una licencia ambmiental de una actividad de tapizado de tresillos en una nave anexa a otra(no comparten estructura) propiedad de otro titular, pero en la cual mi cliente desarrola la misma actividad ya con licencia de hace 12 años.
Es decir, resumiendo:
Nave1: PROPIEDAD TITULAR A
Nave1: ACTIVIDAD TITULAR B
Nave2: PROPIEDAD TITULAR B
Nave2: ACTIVIDAD TITULAR B

La duda que me surge es:

¿Los edifcios serían tipo B teniendo en cuenta que la titularidad de los edificios es diferente?
¿Los edifcios serían tipo C teniendo en cuenta que la titularidad de la actividad en ambos es la misma?.
Por lo que he leido creo que va más en el sentido de la primera opción.


Si el conjunto formado por ambos edificios, está separado más de 3 m respecto de cualquier otro edificio, Tipología C. Si no, Tipología B.
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#196021
Tienes razón unomenos :oops: . Sí se puede dar el caso de que, bajo una misma titularidad de actividad y actividad, varios establecimientos (nave 1, nave 2) formen y se consideren un edificio-establecimiento (nave 1 + nave 2), para asignarle una única tipología.
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#196027
Bueno, ten encuenta que aún así, aún perteneciendo a un mismo titular, ambos edificios deben de tener una licencia de actividad única.
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#196029
:amo Primero muchas gracias a todos por vustras respuestas.
Los dos edificios estan separados de otras edificaciones más de 3m.
Ambos están digamos apegados pero sin compartir ninguna estructura.
Pero aunque el titular de la actividad sea el mismo en ambos edificios, no siendo el mismo titular para los edificios, puede considerarse una configuración tipo C.
No tengo claro el párrafo 1 donde define el establecimiento en la caracterización de los establecimientos industriales cuando dice “destinado a ser utilizado bajo una titularidad diferenciada”. ¿Es titularidad de la actividad o del edificio?.
:brindis Muchas gracias
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#196031
JCFO escribió:No tengo claro el párrafo 1 donde define el establecimiento en la caracterización de los establecimientos industriales cuando dice “destinado a ser utilizado bajo una titularidad diferenciada”. ¿Es titularidad de la actividad o del edificio?.


De la actividad.
por
#196074
:D Muchas gracias.
Ninguna de las dos naves está ignifugada.
El quid de la cuestión es que si la configuración es tipo C no sería necesario ignifugar hasta alcanzar la EF60;mientras que si la configuración es tipo B hay que ir a EF60.

Si lo que se tiene en cuenta es la titularidad de la actividad solamente, como la actividad es la misma y del mismo titular sería tipo C, está claro. Pero al ser la titularidad de una de las naves diferente ¿no se exige que la topología sea la B y por lo tanto ir a una EF60?.
Esto es lo que ceporronamente no veo claro.
:amo. Thanks.
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