Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#216347
El reglamento dice que deben hacerse cada 3 años, pueden ser hechas por técnicos que posean un CCI expedido por una entidad de certificación de personas acreditadas :?: de acuerdo con el RD 2200/1995.

¿Quienes/que son estas entidades?, estimo que no son OCAS pues para otras instalaciones sí que las nombran...¿Alguien que lo tenga claro para no tenerme que leer el dichos RD?
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#216350
Supongo que la figura del "verificador" la deberá acreditar ENAC.

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¿Qué, buscando nuevos nichos de mercado?
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#216352
Al parecer eso es algo que está por desarrollar. Como las CCAA tienen transferidas esas competencias (el registro), son estas las que deberán pronunciarse, pero este y otros aspectos del Reglamento no están del todo claros.
En cualquier caso es el primer Reglamento que recoge la posibilidad de inspección por persona física (aunque aquí concretamente se circunscribe a "verificación" periódica, no a inspección inicial). Esto puede abrir las puertas de un nicho de mercado como bien apunta Mr. Alé.
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#216353
Antonio Alé escribió:Supongo que la figura del "verificador" la deberá acreditar ENAC.

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¿Qué, buscando nuevos nichos de mercado?

Bien dicho Antonio, Nichos (R.I.P.) :partiendo , si algo así.
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#216557
franky escribió:Al parecer eso es algo que está por desarrollar. Como las CCAA tienen transferidas esas competencias (el registro), son estas las que deberán pronunciarse, pero este y otros aspectos del Reglamento no están del todo claros.
En cualquier caso es el primer Reglamento que recoge la posibilidad de inspección por persona física (aunque aquí concretamente se circunscribe a "verificación" periódica, no a inspección inicial). Esto puede abrir las puertas de un nicho de mercado como bien apunta Mr. Alé.


Efectivamente, creo que la diferencia está entre "verificación" e inspección. Para esta OCA y para las verificaciones, creo que el mismo propietario junto con un instalador autorizado. De todas formas tengo lanzada la pregunta en industria hace un tiempo....... de momento nada de nada
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#220887
jjmoab escribió:Efectivamente, creo que la diferencia está entre "verificación" e inspección. Para esta OCA y para las verificaciones, creo que el mismo propietario junto con un instalador autorizado. De todas formas tengo lanzada la pregunta en industria hace un tiempo....... de momento nada de nada


No estoy muy de acuerdo ... no basta ser instalador autorizado, hay que ser titulado competente ajeno a la instalación y mantenimiento de la línea.

En el punto 3.3.2 de la ICT-LAT 05 dice textualmente. "La empresa responsable del mantenimiento podrá asistir al técnico titulado competente para la realización de las pruebas y ensayos necesarios".

El último párrafo del apartado tres dice :"Las verificaciones periódicas de líneas eléctricas de tensión nominal no superior a 30 kV podrán ser realizadas por técnicos titulados con competencias en este ámbito que dispongan de un certificado de cualificación individual, expedido por una entidad de certificación de personas ... el técnico titulado encargado de la verificación no podrá haber participado ni en la redacción del proyecto, ni en la dirección de obra, ni estar vinculado con el mantenimiento de la línea. "

Lo digo porque me estoy preparando el carnet de instalador LAT-1, y sólo tengo FPII; por lo que yo nunca podría hacer una verificación aunque consiga el carnet de instalador.
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