tubular escribió:Tengo una potencia total para los servicios comunes de 9300 W.
Dentro de este esta el ascensor y alumbrado.
Bien segun la guia tecnica para dimensionar las DI de las viviendas toma un valor de 1 para el cos de fi 1 ya que una vez fijada la intensidad prevista en función del calibre del ICP el caso más desfavorable de caída de tensión se obtiene con dicho valor.
La intensidad prevista que menciona la itc-bt-15 se refiere a la que está limitada por el IGA y no por el ICP, ya que la previsión se hace en función de la itc-bt-10 que es la que indica que la potencia para g.e. básico será de 5750W (25A), además el ICP lo elegirá del usuario según sus necesidades o hábitos de consumo, por tanto será variable, mientras que el IGA es la que determina la potencia máxima de la instalación, es decir, con este dimensionado aseguras siempre la caída de tensión reglamentaría independiente del valor del ICP.
tubular escribió:Al tratarse esto otro DI aunque no para vivienda, tambien se dimensiona con el valor de 1 ya que tambien va llevar ICP?
Lo comentado antes.
tubular escribió:De ser asi me saldria una intensiddad de 13 A que en un princpio podria colocar un ICP asi como un IGA de 15. En ITC-BT-25 y ITC-BT-26 indica que este sera minimo de 25 pero estas ITC hablan para viviendas, esta norma es solo para circuito interior de vivienda o tambien es validad para los servicios generales?
No confundas el IGA que tiene que ser como mínimo de 25A (g.e. básico) con el ICP que el usuario puede contratar el que considere hasta esos 25A.
Saludos,