por Javierón - 10 Nov 2010, 15:40
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- 10 Nov 2010, 15:40
#244249
Hola. Como sabéis, en la mayoría de las ciudades españolas las inspecciones técnicas de edificios de viviendas las realizan tanto ingenieros como arquitectos con normalidad, salvo alguna excepción como Zaragoza, donde, tras un periodo inicial en el que se admitieron las ITES de los ingenieros industriales (hasta febrero de 2009), se decidió bloquearlas de forma indefinida para disuadir a los ingenieros de que las hiciésemos, imagino que presionados por el colectivo de arquitectos, pero sin llegar a resolver en contra por no disponer de argumentos legales para ello.
Pues bien, finalmente, el Servicio de Inspección del ayuntamiento de Zaragoza ha emitido un informe jurídico demoledor en contra de la competencia de los ingenieros para hacer ITE, en el que se llega a calificar de "ejercicio de irresponsabilidad" permitir que los ingenieros hagan ITEs en edificios de viviendas.
El argumento que se esgrime para ello en el informe es que considera que la ITE es una renovación del Certificado Final de Obra por 10 años, una vez que ha finalizado el periodo de servicio inicial de 50 años, de forma que, según este criterio, la titulación del firmante de la ITE debe ser la misma que la del Director de Obra o el Director de Ejecución de la Obra, es decir, arquitecto a arqutecto técnico exclusivamente.
Se llega incluso a decir expresamente que "la ITE supone la misma responsabilidad que comporta un verdadero certificado final de obra". Incluso he tenido noticias de la intención de ese ayuntamiento de rechazar, en base a ese informe, todas las inspecciones firmadas por ingenieros que se admitieron hasta febrero de 2009, por considerar que habían sido admitidas por error, y enviar arquitectos de oficio a que las vuelvan a pasar.
Personalmente, considero que este razonamiento no tiene ningún fundamento, ya que una inspección por medios organolépticos de un edificio ya construido nunca puede suponer la misma responsabilidad que un certificado final de obra, aparte de que las diferentes ordenanzas que regulan la ITE dejan muy claro que su función es controlar el adecuado cumplimiento del deber de conservación del edificio por parte del propietario del mismo, absolutamente nada que ver con un certificado final de obra.
En cualquier caso, creo que el tema tiene mucha importancia ya que, por tratarse de un informe oficial, puede tener consecuencias muy graves sobre la labor de todos los profesionales que se dedican a hacer ITES en España por el precedente que puede sentar, y que puede llevar a que los colegios de arquitectos y aparejadores de otras ciudades de España lo den por bueno y en base él presenten todo tipo de recursos en sus respectivas demarcaciones para exigir que esta competencia se le asigne a ellos de forma exclusiva.
Saludos.
Pues bien, finalmente, el Servicio de Inspección del ayuntamiento de Zaragoza ha emitido un informe jurídico demoledor en contra de la competencia de los ingenieros para hacer ITE, en el que se llega a calificar de "ejercicio de irresponsabilidad" permitir que los ingenieros hagan ITEs en edificios de viviendas.
El argumento que se esgrime para ello en el informe es que considera que la ITE es una renovación del Certificado Final de Obra por 10 años, una vez que ha finalizado el periodo de servicio inicial de 50 años, de forma que, según este criterio, la titulación del firmante de la ITE debe ser la misma que la del Director de Obra o el Director de Ejecución de la Obra, es decir, arquitecto a arqutecto técnico exclusivamente.
Se llega incluso a decir expresamente que "la ITE supone la misma responsabilidad que comporta un verdadero certificado final de obra". Incluso he tenido noticias de la intención de ese ayuntamiento de rechazar, en base a ese informe, todas las inspecciones firmadas por ingenieros que se admitieron hasta febrero de 2009, por considerar que habían sido admitidas por error, y enviar arquitectos de oficio a que las vuelvan a pasar.
Personalmente, considero que este razonamiento no tiene ningún fundamento, ya que una inspección por medios organolépticos de un edificio ya construido nunca puede suponer la misma responsabilidad que un certificado final de obra, aparte de que las diferentes ordenanzas que regulan la ITE dejan muy claro que su función es controlar el adecuado cumplimiento del deber de conservación del edificio por parte del propietario del mismo, absolutamente nada que ver con un certificado final de obra.
En cualquier caso, creo que el tema tiene mucha importancia ya que, por tratarse de un informe oficial, puede tener consecuencias muy graves sobre la labor de todos los profesionales que se dedican a hacer ITES en España por el precedente que puede sentar, y que puede llevar a que los colegios de arquitectos y aparejadores de otras ciudades de España lo den por bueno y en base él presenten todo tipo de recursos en sus respectivas demarcaciones para exigir que esta competencia se le asigne a ellos de forma exclusiva.
Saludos.