Si el camión tiene una MMA de 18.000kg y tara 13.360kg (ambos datos están indicados en la tarjeta ITV del vehículo), tiene una carga útil de 4.640kg. Ese tipo de vehículos no suelen tarar tanto, pero como desconozco como está carrozado y que grúa lleva montada no digo nada. Claro que menuda pista te he dado.
Suponiendo que colocases en él esos 8.032kg, el vehículo circularía con una sobrecarga de 3.392kg, o sea con un 18,8% de sobrecarga respecto a su MMA.
¿Es legal?, lógicamente no.
¿Es posible? Es una sobrecarga grande, pero si es posible circular con ese vehículo.
¿Mermas respecto a rotura? Los vehículos se diseñan con coeficientes de seguridad mas amplios que para esa sobrecarga.
¿Mermas respecto a velocidad? No indicas el modelo de Trakker, para saber la potencia, el desarrollo del cambio y su velocidad, pero dado que los industriales tienen limitada la velocidad máxima electronicamente a 90km/h, es de esperar que no tenga mermas.
Con esa sobrecarga el vehículo también verá disminuida su pendiente máxima superable.
De tablas y fichas nada.
Suponiendo que colocases en él esos 8.032kg, el vehículo circularía con una sobrecarga de 3.392kg, o sea con un 18,8% de sobrecarga respecto a su MMA.
¿Es legal?, lógicamente no.
¿Es posible? Es una sobrecarga grande, pero si es posible circular con ese vehículo.
¿Mermas respecto a rotura? Los vehículos se diseñan con coeficientes de seguridad mas amplios que para esa sobrecarga.
¿Mermas respecto a velocidad? No indicas el modelo de Trakker, para saber la potencia, el desarrollo del cambio y su velocidad, pero dado que los industriales tienen limitada la velocidad máxima electronicamente a 90km/h, es de esperar que no tenga mermas.
Con esa sobrecarga el vehículo también verá disminuida su pendiente máxima superable.
De tablas y fichas nada.