- 24 Mar 2011, 11:45
#262391
Hola compañeros, espero que alguien me pueda aclarar un concepto que para mí es algo delicado en este momento.
Llevo unos años en el Depto. de ingeniería en la categoría de ayudante técnico y con la supervisión de otra persona de sobrada experiencia y que realizaba la firma de proyectos y certificados oficiales.
La cosa es que esta persona ya no está en la empresa y ahora casi me obligan a que al estar colegiado sea yo el que realice estos certificados de contra incendio, con toda la responsabilidad que arrastran, con lo que me asaltan muchas dudas aunque algunas ya las he revisado en el histórico del foro.
En la actualidad mi mayor duda radica en saber el concepto de "Técnico cualificado" del que se habla en el reglamento de instalaciones de protección contra incendio, en su artículo 10 dice: ".. la empresa debe tener un técnico titulado, responsable técnico, que acreditará su preparación e idoneidad para desempeñar la actividad que solicita."
Nunca me han dado una formación específica aunque sí es cierto que he dedicado parte de mi actividad a realizar alguna "auditoría" a cliente respecto de los sistemas contra incendio, del tipo: Comprobación de distancias de recorrido a extintores, coberturas de detectores, etc. pero siempre con la revisión de la persona responsable.
Alguien me podría aclarar si está tipificado este concepto de "Acreditación de preparación" en qué consiste, puede ser la empresa la que por su cuenta lo asimile unilateralmente.
Y por último, ¿no debería tener una categoría mayor que la de ayudante técnico?
gracias