Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#284030
Hola Compañeros,

Me encuentro en pleno proceso de apertura de un taller de motocicletas, que está unido mediante un pasillo con puerta con la tienda.
El caso es que según ITC-BT-29 es una instalación de riesgo de incendio o explosión, y por tanto, si no queremos colocar el tubo de acero, se pasa a desclasificar justificando la ventilación. Según lo acostumbrado con los aparcamientos y los talleres de automóviles, no dudaría en colocar una ventilación ambiental que me evite la generación de atmósferas explosivas, pero en este caso dudo.

Dado que el local tiene unos 95m2, no es demasiado grande, he pensado que con una ventilación localizada, a colocar en los escapes de las motos, sería la mejor manera de trabajar. Pero no veo lógico duplicar la instalación de ventilación. Además no recuerdo si es en la UNE donde para desclasificar exige que el ventilador sea 400ºC/2h, entiendo que en un aparcamiento es por CTE, para la evacuación de las personas, pero aqui no le veo justificación.

Por ello la pregunta es, ¿sería suficiente con una extracción localizada?¿debiera colocar por obligación extractores 400º/2h?, ¿debería estar duplicada la instalación por seguridad en caso de fallo de uno de los extractores?

Y con esto un un bizcocho me despido.

Un saludo y gracias.
por
#289800
La ventilación con respecto a la clasificación de emplazamientos ATEX has de realizarla según la norma UNE 60079-10.
En ese proceso debes conocer la sustancia que se maneja y clasificar el tipo y probabilidad de escape que puede producirse en conidiciones normales.

En el caso de motos, como hipósteis de partida debes valorar la posibilidad de que se rompa una maguito y se vacíe un depósito completo, no sólo los gases incombustos de un motor en marcha.

En cualquier caso lo de 400ºC/2h no tiene nada que ver pues esa prescripción es para garantizar que se evacuarán los humos durante el desarrollo de un incendio, en cambio lo que buscamos en este caso es conseguir un grado de ventilación suficiente para evitar evitar la formación de atmósferas explosivas.
Ahora bien, en el caso de ventilación localizada sí utilizaría al menos extractores antideflagrantes (EX).
por
#289816
Hola, vamos a ir al grano.
1) Necesitas ventilación, tanto para condiciones de salubridad (eliminación de gases como CO, CO2, etc...) como para evitar que se generen atmosferas explosivas derivadas del derrame de combustible. Si cumple con ventilación natural perfecto, en caso contrario deberías proyectar una ventilación mecánica.
2) Si al hacer la clasificación de zonas con riesgo de incendio o explosión (teniendo en cuenta la ventilación) obtenemos zonas sin riesgo, es decir fuera del volumen peligroso, la instalación eléctrica dentro de esa zona no peligrosa podrá ser convencional (tubos de PVC y luminarias IP), sin embargo en determinadas circunstancias la canalización de la instalación eléctrica deberá ser bajo tubo metálico para su protección mecánica.
3) Los extractores 400º/2h sólo son necesarios para la evacuación de humos en caso de incendio, no siendo obligatorios para esta actividad.

Un saludo.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro