Depósito de combustible para consumo en la propia instalación El tema está resuelto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Consultas y preguntas acerca de gas, productos petrolíferos licuados, o similar
por
#288457
Hola foreros, en uno de los proyectos que estoy realizando me han pedido la instalación de un depósito de gasoil para consumo en la propia instalación. Básicamente será para abastecer a los vehículos industriales de los cuales dispone la propiedad.

En principio estoy estudiando la posibilidad de instalar uno de 10.000 litros en superficie o dos de 5.000 litros cada uno, también en superficie, en el exterior.

He leído la ITC MI-IP03 y veo que debo tener en cuenta que tiene que ir en un recinto vallado y debidamente señalizado además de respetar una distancia D respecto al edificio más próximo.

¿Me podéis decir si me dejo alguna cosa más que deba tener en cuenta? ¿Tendría alguna ventaja instalando dos de 5.000 litros en vez de uno solo de 10.000 litros? En cuanto al precio, me sale mejor uno solo de 10.000 litros (sería de acero y de doble pared).

Al estar en Cataluña he visto que también tengo que tener en cuenta el PE-05.63. Aquí dejo el link con la información por si alguien más lo necesitara:

http://www.gencat.cat/ogu/Documents/Pro ... E0563.html

Lo que no me acaba de quedar claro es si la propiedad podría utilizar el depósito además de para abastecer carretillas para uso interno, también abastecer la flota de camiones que utiliza para reparto en el exterior...

Saludos y gracias
por
#289931
Hola,
En principio no veo ventaja pones dos depósitos para el mismo combustible, a efectos de inscripción computará igualmente la capacidad total, necesitaras mas espacio en planta y un sistema de extracción mas complejo.
Para su ubicación efectivamente respetando las distancias a las paredes y poniendo protección mecanica es suficiente. Al ser de doble pared no hace falta cubeto de retención.
Por lo demas debes tener en cuenta: Vávula de sobrellenado, equipo de bombeo IP-55 y homologado para gasoleo, legalización de la instalación eléctrica que alimenta dicho equipo, protección contraincendios y ventilaciones.

Si lo instalas segun la ITC MI-IP03 no se puede utilizar para suministro a vehiculos, aunque sean de la propia empresa y no exista facturación.
En este caso se debe hacer segun la ITC MI-IP04 y por una empresa instaladora autorizada para este tipo de instalaciones.
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