CorreCaminos escribió:Igual estoy equivocado con lo de los grupos en la Administración Arquímedes, me pareció haber leído eso.
Tienes toda la razón Correcaminos lo debiste leer en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público concretamente en su articulo 76 donde dice "Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2.
Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta."
La última parte dice que si necesistan un médico pues el título tendrá que ser médico y no ingeniero, o si lo que quieren es un ingeniero industrial este tendrá que ser el título, no ingeniero de caminos ni ingeniero químico, pero si lo que piden es un ingeniero sin más, podrá presentarse cualquier grado en ingeniería y si no especifican el título cualquier grado vale.
Claro que si por algunos fuera se haría una ley que discriminara a los grados en ingeniería, pero eso no se puede hacer pues es contrario a derecho y por lo tanto sueñan con dos cosas:
1 - Homologación a master de los ingenieros y si para ello hay que hacer lo mismo con licenciados estamos de acuerdo.
2.- Grupo A1 para titulados con master
Resultado de sus sueños, no nos juntamos con la chusma (entiéndase grados en ingeniería).
Pero que ocurre si un grado en ingeniería tiene un master no habilitante para el ejercicio de la profesión de ingeniero superior, para los soñadores estos sigue siendo chusma, pero entonces ¿qué pasaría con los grados en otras materias (veterinaria, filología, economicas.....) que no tienen master habilitante?¿ ya no estarían en su grupo? Claro que esto sería lo que les gustaría, pero entonces que hacemos con los licenciados en estas materias ¿los pasamos al grupo A2?
Algunos dirán:
A1 - Ingenieros, Licenciados , Master habilitante, Doctor
A2 - Grados, master no habilitante, diplomados, ing. técnicos
Pero ya no habrá más licenciados ni ingenieros (de los de antes) y master habilitante sólo lo hay para ingeniería y para abogado (para ejercer ante los tribunales, no para ser abogado). Es decir el grupo A1 sólo sería para doctores, y habría gente con la misma oposción, misma profesión y realizando el mismo trabajo (por ejemplo farmaceúticos, economistas....) en grupos distintos. Vamos totalmente absurdo y contrario a derecho.