Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
por
#331430
Buenas tardes,

En referencia a unas placas solares de tubo de vacío instaladas en la azotea de un edificio de Sabadell, nos han puesto justo delante 5 equipos de aire acondicionado habiendo mas sitios en el resto de la azotea.
¿quería saber si me puedo amparar en la normativa actual que las sombras generadas por muy mínimas que sean son evitables por tanto han de instalar estos equipos de aire acondicionado en otro lugar?
Entiendo que podemos admitir las perdidas por sombra estructural pero no las sombras generadas por unos equipos de aire acondicionado instalados a posteriori de la instalación de las placas solares ¿correcto? No se si la Generalitat de Catalunya puede enviarnos a un técnico para que nos de soporte.

Gracias a todos.
Avatar de Usuario
por
#331432
Pablete1974 escribió:¿quería saber si me puedo amparar en la normativa actual que las sombras generadas por muy mínimas que sean son evitables por tanto han de instalar estos equipos de aire acondicionado en otro lugar?




¿Qué normativa es esa?

Un saludo.
por
#331433
Hola Pablo_d_s,

Eso es lo que preguntaba, si la normativa actual hace referencia a sombras no estructurales tales como las provocadas por aparatos de aire acondicionado en las placas solares. Es obvio que generan una perdida por muy pequeña que sea.

Saludos.
Avatar de Usuario
por
#331434
Que yo sepa NO.
Un saludo.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro