Veo que sigue con las mentiras... y no para; no se quien le asesora pero desde luego es lamentable... Balibrea...
minot escribió:( no pongo IE por denominación no admitida )
Bien es cierto que ya no se puede utilizar la denominación de Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación; pero los titulados anteriores a la sentencia, tienen un título completamente válido. Te adjunto un enlace del MINISTERIO DE EDUCACIÓN donde se lo deja bien clarito, en concreto el punto 6:
https://www.edificacion.upm.es/ingenier ... 202013.pdfminot escribió:eso de meter a AT ( no pongo IE por denominación no admitida ) a proyectar edificios es conceder competencias para proyectar edificios a alguien que nunca las tuvo ni sus planes de estudio lo contempla, ni figuran en los informes justificativos de la titulación aprobados por la ANECA , ni nada de nada , entre otras razones porque sería ilegal. Para ningún tipo de edificación tiene un AT competencias en realización de proyectos.
Le animo a que lea la Tesis de Luis Javier Cuenca López por la Universidad de Granada:
http://hera.ugr.es/tesisugr/20762768.pdfEn ella, podrá observar cuales eran en ciertos momentos, las atribuciones legales de los Aparejadores, en concreto, la proyección de viviendas; si si, ha escuchado bien.
También le recomiendo, el libro de Pilar Izquierdo, Doctora en Derecho, "Historia de los Aparejadores y Arquitectos Técnicos".
Con ellos, podrás dejar de infamar, mentir y sobretodo, pintar el ridículo cuando cuentas estas cosas por la calle.
Continuemos con los planes de estudio:
Le animo a que lea el de Arquitecto Técnico:
http://www.upm.es/sfs/Rectorado/Vicerre ... 013-14.pdfEn él existe la asignatura de Oficina Técnica de 9 LRU (infórmese sobre ella) aparte del Proyecto Fin de Carrera, el cual, evidentemente, no se proyecta desde el punto de vista del Arquitecto pero si desde un punto de vista constructivo.
Continuo con el de Grado en Edificación:
http://www.upm.es/sfs/Rectorado/Vicerre ... 013-14.pdfSi si, ha leído bien, Proyectos Técnicos 1 y Proyectos Técnicos 2 aparte del ya comentado, Trabajo Fin de Grado.
Y ya por último, los Arquitectos Técnicos tenemos capacidad legal de proyección en el Grupo C de la LOE. Ya se que no es mucho, pero capacidad hay.
El problema que tiene usted, es que le hubiera encantado que su Colegio profesional hubiera hecho de puta con los Arquitectos igual que hicimos nosotros. Ya pasó pero eso, de momento, tiene arreglo.
Matricúlese en el nuevo Grado.
PD: No busco enfrentamiento con ningún Ingeniero Industrial /Ingeniero Técnico Industrial; es más, he decidido matricularme este próximo curso en I. Eléctrica en la UNED, aunque muy poco a poco, pero la Inquina hacia mi profesión de este forero creo que sobrepasa los límites.
Un saludo