Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
por
#356760
Hola a todos, después de ver muchos temas sobre legalización de talleres me siguen quedando algunas dudas. Se trata de que en un taller mecánico de vehículos (de reparación) en el que todas sus instalaciones y máquinas están legalizadas quiere tener una nueva sección de cambió de neumáticos, va a ser en una pequeña zona del taller y solo instalara un par de máquinas (equilibradora y desmontadora/montadora de neumaticos) ¿que documentación necesitara para dar de alta esta nueva actividad? ¿proyecto, estudio técnico?
Avatar de Usuario
por
#356764
Dependerá del PGO del ayuntamiento en el que se encuentre y si existe normativa expresa en la comunidad autónoma.

Por regla general en cuanto a actividad no es una modificación sustancial, por tanto en función del plan general debería aceptarse como tal.

En el peor de los casos, necesitarás proyecto técnico de ampliación de la industria, donde se contemple la modificación de las nuevas instalaciones y se justifique las ordenanzas de ruidos / vibraciones, además habría que estuidar si la nueva instalación eléctrica se admite con un CAI o tendría que legalizarse una nueva, (en función del aumento de potencia y si se puede verificar que la instalación esta conforme al proyecto anterior cumpliendo con el RBT del 73 o del 2002.
por
#356778
Gracias por la respuesta, he hablado con industria y me han comentado que solo necesito presentar un estudio técnico de las maquinas para comunicarlo a industria según recoge el "Real Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero" que dice:

"Artículo 5. Modificaciones y cese de actividad.

El titular del taller de reparación de vehículos automóviles o el representante legal del mismo deberá comunicar, al órgano competente de la comunidad autónoma donde presentó la declaración responsable, las modificaciones de los datos recogidos en dicha declaración, así como el cese de su actividad. La comunicación deberá realizarse en el plazo de un mes desde que se produzcan las modificaciones o el cese de la actividad."

Entonces según esto, entiendo que debo entregar una declaración responsable modificando la anterior (que no existirá, puesto que el taller es anterior a esa normativa) junto con el estudio técnico y las tasas pagadas.
Avatar de Usuario
por
#356780
Si no existe declaración responsable previa, existirá una licencia de actividad ante ayuntamiento y ante industria. Atento a este punto, porque deberás mencionar dichos expedientes en los antecedentes de la memoria que presentes por la modificación de la actividad industrial. Si no haces esto pueden considerar que se trata de una industria nueva y te pueden exigir que cumplas con la normativa sectorial completa a día de hoy.

Si no conoces los expedientes, porque el titular no los conserve, vete al ayuntamiento / industria con el titular o con una autorización y solicita consulta de los expedientes, así de paso verifica como estaba la cosa en origen y como esta ahora, que seguro que hay mas modificaciones de las que te estan pidiendo.

Un saludo
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro