Higgins escribió:Hola,
tengo una nave industrial en área metropolitana de Barcelona, el caso es que hay el cuadro eléctrico general, los subcuadros eléctricos , y en cada máquina también hay "un mini cuadro" con sus diferenciales y magneto térmicos.
La duda es ¿donde pongo los extintores de Co2?
- En el cuadro eléctrico general: si
- Subcuadros eléctricos: si (corregidme si me equivoco)
- En cada mini cuadro de máquina: ¿es necesario?
- En cada máquina si >24 V, según: REAL DECRETO 2267/2004, donde dice:
8.3 No se permite el empleo de agentes extintores conductores de la electricidad sobre fuegos que se desarrollan en presencia de aparatos, cuadros, conductores y otros elementos bajo tensión eléctrica superior a 24 V. La protección de estos se realizará con extintores de dióxido de carbono, o polvo seco BC o ABC, cuya carga se determinará según el tamaño del objeto protegido con un valor mínimo de cinco kg de dióxido de carbono y seis kg de polvo seco BC o ABC.
Si se tiene que poner en cada máquina >24V ¿existen unas distancias para poder compartir extintor, o, cada máquina tiene el suyo?
En cuanto a la eficacia, ¿en qué normativa se refleja?
La extintores de CO2 son opcionales. Tienes que cubrir la superficie con extintores de polvo polivalente... Recorrido de 15 m hasta cada extintor.
La eficacia creo que viene en el Real Decreto de Instalaciones de protección contra incendios, pero si la memoria no me falla sería 28A 113B la mínima...
En el foro hay alguna discusiones sobre este tema en particular.
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