por monmermor
- 08 Jun 2017, 11:47

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- 08 Jun 2017, 11:47
#360659
Buenas,
Tengo una duda considerable y en el colegio no me lo han dejado claro.
Se trata de una nave industrial con riesgo alto (ya que no sabemos que se almacenará).
La longitud máxima del recorrido ha de ser de 25 metros, mi pregunta es la siguiente:
¿Podemos contabilizar desde 0 al cambiar de sector de incendios? o dicho de otra forma ¿Se puede considerar espacio seguro el otro sector? Porqué en el RSCIEI hace mención del NBE-CPI/96, por lo que miro el SI y dice:
Recorrido de evacuación: Recorrido que conduce desde un origen de evacuación
hasta una salida de planta.
Salida de planta: 3 Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de
independencia, a un sector de incendio diferente que exista en la misma planta,
siempre que:
- el sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector
alternativo.
- el sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulación suficiente para
albergar a los ocupantes del sector inicial, a razón de 0,5 m²/pers, considerando
únicamente los puntos situados a menos de 30 m de recorrido desde el acceso al
sector. En uso Hospitalario dicha superficie se determina conforme a los criterios
indicados en el punto 2 anterior.
- la evacuación del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningún
otro sector del edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mínimo.
Entonces si coloco entre dos sectores un vestíbulo de independencia, valdría? porqué si miro la definición de este especifica que los vestíbulos que sirvan a uno o a varios locales de riesgo especial, según lo establecido en el apartado 2 de la Sección SI 2 , no pueden utilizarse en los recorridos de evacuación de zonas diferentes de las citadas...
Como lo interpretáis vosotros?
Muchas gracias
Tengo una duda considerable y en el colegio no me lo han dejado claro.
Se trata de una nave industrial con riesgo alto (ya que no sabemos que se almacenará).
La longitud máxima del recorrido ha de ser de 25 metros, mi pregunta es la siguiente:
¿Podemos contabilizar desde 0 al cambiar de sector de incendios? o dicho de otra forma ¿Se puede considerar espacio seguro el otro sector? Porqué en el RSCIEI hace mención del NBE-CPI/96, por lo que miro el SI y dice:
Recorrido de evacuación: Recorrido que conduce desde un origen de evacuación
hasta una salida de planta.
Salida de planta: 3 Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de
independencia, a un sector de incendio diferente que exista en la misma planta,
siempre que:
- el sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector
alternativo.
- el sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulación suficiente para
albergar a los ocupantes del sector inicial, a razón de 0,5 m²/pers, considerando
únicamente los puntos situados a menos de 30 m de recorrido desde el acceso al
sector. En uso Hospitalario dicha superficie se determina conforme a los criterios
indicados en el punto 2 anterior.
- la evacuación del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningún
otro sector del edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mínimo.
Entonces si coloco entre dos sectores un vestíbulo de independencia, valdría? porqué si miro la definición de este especifica que los vestíbulos que sirvan a uno o a varios locales de riesgo especial, según lo establecido en el apartado 2 de la Sección SI 2 , no pueden utilizarse en los recorridos de evacuación de zonas diferentes de las citadas...
Como lo interpretáis vosotros?
Muchas gracias