¿Alguien ha ya visto el dichoso documento?
En la Comunidad Valenciana, la RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2007 (DOGV Núm. 5516 / 21.05.2007) establecia:
Por lo tanto, cuando finalice este plazo habrá que justificar según el DIE-0723.
por no
(no he encontrado emoticón llorando)
En la Comunidad Valenciana, la RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2007 (DOGV Núm. 5516 / 21.05.2007) establecia:
Artículo único
Modificar la Resolución de esta Dirección General de Energía de fecha 22 de febrero de 2006 por la que se aprueban las Normas Particulares de Iberdrola Distribución Eléctrica, SA.U., para Alta Tensión (hasta 30 kV) y Baja Tensión en la Comunidad Valenciana, prorrogando el periodo establecido de 6 meses como transitorio en la citada Resolución a 1 año, desde la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, únicamente en aquellos aspectos relativos a las siguientes cuestiones:
Utilización del método de cálculo y proyecto de instalación de puesta a tierra para centros de transformación conectados a redes de tercera categoría, de UNESA.
Por lo tanto, cuando finalice este plazo habrá que justificar según el DIE-0723.

