Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#93735
Hola a todos.
Según el REBT debe haber un interruptor de corte omnipolar como interruptor general de cuadro.
Mi caso es el siguiente: una instalación con centro de transformación de abonado. Existen varios cuadros eléctricos para todos los receptores de la instalación industrial. El problema surge cuando hay que instalar una nueva máquina, que por su potencia se decide que se alimente del cuadro general de BT del CT. Dicha máquina va situada próxima a un cuadro existente, y para no tener que recurrir al centro cuando se quiera desconectar la máquina se decide poner un interruptor en el cuadro existente, ahora entonces existe en el cuadro un interruptor general para los receptores existentes y otro para la máquina nueva.
¿Es del todo correcta esta situación?, esto es,¿Puede llegar al cuadro dos líneas de alimentación indepentes y considerarlo como dos cuadros bajo la misma envolvente?
La verdad es que es bastante complicado en la zona donde esta la máquina instalar otro cuadro para alojar el nuevo interruptor. :cabezazo
Estoy abierto a sugerencias.
Gracias de antemano!!
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#93746
No puedes hacerlo tal y como explicas. Precisamente incumples "interruptor de corte general".

Esa norma se ha pueto por seguridad, para que en manipulaciones en el cuadro no queden elementos en tensión por olvidos.
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#93773
A mi me pasó algo parecido con unos cuadros secundarios de planta en el que se había pensado en que los puestos de trabajo de cada planta se alimentasen por un SAI en cada planta. Por motivos de espacio, al final se decidió poner un SAI centralizado. Así pues, tenías cada cuadro de planta con 2 acometidas, una de servicio general y otra del SAI en el mismo cuadro ya que no había sitio para otro cuadro de tomas de SAI. Al final nos arriesgamos a dejarlo así y poner una advertencia fija y bien visible en el interior del cuadro en la que se indica que hay dos acometidas, con objeto de evitar cualquier accidente posterior. La OCA lo pasó y aunque no es reglamentario pudimos resolver el problema.
Saludos.
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#93996
Averías escribió:No puedes hacerlo tal y como explicas. Precisamente incumples "interruptor de corte general".

Esa norma se ha pueto por seguridad, para que en manipulaciones en el cuadro no queden elementos en tensión por olvidos.


:yep :yep


Y por la misma regla, lo que comenta sibarita también incumple.
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