Pues no soy un experto, piiiiru, diría que en la clasificación de actividades de dicha Norma Básica de Autoprotección, no aparecía "residencial privado", ¿no?
Hablaba de industrias, residencial público, ocupación pública, centros docentes, sanitarios, y más historias, pero me parece que viviendas nop.
O al menos, yo no lo recuerdo. Claro que no estoy muy puesto.
Luego entiendo que no aplica NBA en ese caso, tengan altura superior a 28m, u ocupación mayor de 2.000 personitas humanas (¿era 2.000 la cifra?).
De todas formas, espérate a que pase Vulcano, u otro delfín suyo (con sus amigos), que seguro te lo aclaran mejor.
P.D: ¿puedes dejar un enlace a esa NBA? Es que no sé dónde la he metido...
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