- 11 Dic 2008, 20:19
#133202
Gracias a todos por la ayuda...
Os comento como ha ido la jugada porque todavía fué más complicada...
La central de la empresa ubicada en Barcelona SI está registrada en industria... de Cataluña. En Madrid capital tienen la oficina comercial, que me encargó el proyecto, y que no está registrada en industria de la CAM (y no tiene porqué estarlo). El técnico de la EICI me comenta que no preciso pasarla por la revisión ya que sólo es obligado si el almacén depende de una actividad industrial o si supera los megajulios que indica la norma (según un acuerdo tomado en alguna de las reuniones que mantendrán periódicamente las EICI´s de Madrid)... Así que Robersan, creo que estás en lo cierto...
Así que finalmente he optado por anular el registro en la EICI (que amablemente, y por suerte, le devolverá las tasas a mi cliente), y simplemente notificar la existencia de la instalación de incendios en industria de la CAM.
Al ayuntamiento le he justificado el tema de los pulsadores como os conté en el anterior mensaje, y les entregaré copia del alta de la instalación, en vez del registro que me requerían.
Espero a que reine el sentido común con el técnico del ayuntamiento, porque lo que me parece absurdo es tener que quitar los pulsadores de todas las salidas para que me den la licencia cuando a mi entender está claro que se aumenta la seguridad del establecimiento dejándolos donde están...
Dejaré como última opción el quitarlos si vuelven a requerirme...
Lo dicho, gracias y un saludo para todos...