Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#133717
¡Hola! Estoy haciendo mi proyecto final de carrera que trata sobre la reforma de las instalaciones de un edificio de aparcamientos. Sin tocar las estructuras, solo las instalaciones, diseñé la instalación de agua de forma que estuviese adecuada para 2 baños de personal. Añadí un calentador en las duchas, pequeño de 25 litros. Mi pregunta es si es necesaria la instalación de paneles solares ya que me parece exagerado para tan solo dos duchas.

La otra duda me viene con respecto a la iluminación. Según el HE3 se debe aplicar a la rehabilitación de los edificios con una superficie útil de más de 1000 m2 donde se renueva más del 25% de la superficie iluminada. Como en el siguiente punto dice: "edificios de uso administrativo donde se renueve la instalación de iluminación" pues supongo que con superficie iluminada se refiere al suelo y no a la instalación en sí. Yo ya he diseñado un sistema de ahorro energetico con detectores de presencia y sensores de luminosidad, pero no sé si estoy obligado a seguir los cálculos expuestos en este documento.

Muchas Gracias
por
#136877
En el CTE, la exigencia de contribución de energía solar mínima comienza a partir de los 50 litros de demanda diaria. Así puedes justificar la no inclusion de proyecto solar.
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