Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#9191
Hola a todos y todas.
Un cliente con una nave industrial en funcionamiento nos ha pedido que le averigüemos qué documentos/proyectos/informes debe solicitar y presentar porque quiere ampliar su industria de productos químicos en la comunidad valenciana.
Mi empresa no está dedicada a la ingeniería, pero nos hemos comprometido con el cliente a que le averiguaremos los documentos, trámites y proyectos que son necesarios. Por ello recurro a vosotros, ya que vamos a tener que subcontratar a una ingeniería y queremos saber qué les hemos de solicitar.
Muchas gracias. espero vuestras respuestas.
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#9307
Hola. En primer lugar tendrá que realizarse un proyecto de construcción para solicitar la correspodiente licencia de obras que recoja la ampliación de la nave.

Por otro lado, supongo que en dicha industria existirá un almacenamiento de productos químicos. Ya que no especificas de qué tipo, deberías echar un vistazo al Real Decreto 379/2001, de 6 de abril por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos, concretamente a su artículo 3. A raíz de esto, en función de la/s ITC/s que sean de aplicación, deberá justificarse el contenido de la/s misma/s en un proyecto o memoria técnica, según el caso.

Para la ampliación de la industria deberás además seguir el procedimiento que tenga Industria al respecto en la comunidad autónoma de que se trate. Lo lógico es que consultes el Decreto 59/1999, de 27 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales, y posteriores Órdenes que lo complementan.
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#9340
Para completar lo dicho por maestro Alé:

Tiene que seguir dos vias paralelas para los trámites de ampliación.

1. Municipal

1.1. Proyecto de la amplicación de las naves.
1.2. Proyecto de ampliación de la actividad ante el Ayto correspondiente, con su solicitud de compatibilidad urbanística y demás trámites establecidos en la Ley 2/2006 y RD 127/2006.

2. Industria

2.1. Proyecto de ampliación para el Registro Industrial, donde debe de inscribirse la nueva maquinaria, terrenos, naves, etc...
2.2. Probable proyecto eléctrico con clasificación de zonas y aplicación de normativa ATEX.
2.2. Probable proyacto de APQ tal y como dice Antonio.
2.3. Probable proyecto de instalaciones de protección contra indendios.

Todo ello tiene que ir en paralelo para no perder semanas de trámites "descompensados" en el tiempo.

Es bastante habitual el encontrarse con una situación que suele ser fuente de conflictos: cuando se van recomprobando las instalaciones existentes, estas no cumplen y ello obliga a construir lo nuevo y reformar lo viejo, con lo cual los presupuestos van subiendo exponencialmente y el mosqueo de la propiedad también ya que si no se explica bien (o no se quiere entender) se acaba viendo a la ingeniería como alguien que está allí para cobrar mucho ( :roll: :roll: ) y complicar la vida más ( :cabezazo :cabezazo ).

Ejemplo: Un caso que llevo ahora. Ampliación de fábrica con dos naves más. Recomprobar instalación de incendios antigua para ampliarla al necesitar más BIEs. La instalación anterior ya no cumple ni la normativa actual sin ampliar, por lo que hay que ampliar algo que ya no cumple. Resultado: Instalación de incendios nueva de cabo a rabo. Con la instalación eléctrica suele pasar igual.

Por si servirte pudiera :comunidad

:saludo
Última edición por JORDIM el 16 May 2007, 09:29, editado 1 vez en total
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#9347
Muchísimas gracias a los dos por las respuestas, me han sido de gran ayuda. Esta empresa concretamente fabrica productos químicos para la industria cerámica (aditivos). Esta empresa como digo tiene planificado ampliar sus instalaciones, cosa que subcontrataremos a una ingeniería, pero a mi empresa le han encargado que revise el plan de emergencia interior del que disponen, que es del año 2001 y está bastante desfasado ya que han eliminado depósitos de productos químicos, instalado nuevos y cambiado de ubicación otros, y todo esto no está por supuesto reflejado en los planos de las instalaciones. Además, los planos no coinciden tampoco exactamente con las instalaciones y debo por tanto modificarlos para redactar de nuevo el PEI.
Para lo que es la revisión del PEI tengo claras las NTPs a seguir:
NTP 334: Planes de emergencia interior en la industria química;
NTP 339:Divulgación de planes de emergencia interior a los trabajadores de la industria química y
NTP 680 de extinción de incendios: plan de revisión de equipos.

Pero para revisar concretamente la instalación contra incendios, alumbrado de emergencia y salidas, ¿qué normativa tengo que consultar para ver si se adapta lo que hay y colocar lo necesario en los nuevos planos?

Muchas gracias por vuestras respuestas, sois unos profesionales estupendos.
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#9361
nekron escribió:.... está bastante desfasado ya que han eliminado depósitos de productos químicos, instalado nuevos y cambiado de ubicación otros, y todo esto no está por supuesto reflejado en los planos de las instalaciones. Además, los planos no coinciden tampoco exactamente con las instalaciones y debo por tanto modificarlos para redactar de nuevo el PEI..


Real como la vida misma.

nekron escribió:.... ¿qué normativa tengo que consultar para ver si se adapta lo que hay y colocar lo necesario en los nuevos planos?


En tema de incendios tienes que compaginar que se cumplan simultaneamente las exigencias de los reglamentos APQ, RSCIEI y RIPCI . No es complicado pero tampoco banal. No es un tema de verificar en el texto si cumple o no, hay que hacer cálculos, hipótesis alternativas, etc...

Toda esta normativa la puedes encontrar aquí en el foro en Legislación>Seguridad industrial

Referente al alumbrado de emergencia y condiciones de evacuación, tienes que verificar que se cumple lo especificado al respecto en el punto 6 del Anexo II del RSCIEI. Creo que la APQ también impone algo en relación a la anchura de las vias de evacuación y condiciones de las escaleras de mantenimiento, etc... pero de memoria no me acuerdo. En las oficinas quizás debas aplicar la DB-SI o SU del Código Técnico de la Edificación. También te recomiendo verificar por cálculo el alumbrado de emergencia ya que las sorpresas no son infrecuentes, sobre todo si ha metido la mano "el electricista de la casa".

Suerte

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