- 07 Oct 2009, 07:34
#187719
Hola compañeros.
Tengo un leve problemilla que comentado con algún compañero tampoco ha sabido ayudarme.
Se nos plantea con un cliente una pequeña EDAR de un pueblo de Tarragona, que como es preceptivo, no encuentran la documentación de la legalización, y por consiguiente deben de hacerla nuevamente. El caso es que antiguamente tenía una T20 y el cliente recurrió recientemente a un instalador que le indicó que debía, según la nueva normativa, cambiar la T20 a una TF1 y hacer nuevo proyecto. Hasta ahí, de acuerdo, puede ser....pero...para esta potencia (6 KW instalado, 3,46 KW nominal), según normativa se puede interpretar que no se necesita ni una cosa ni la otra, ya que en ningún caso supera los 10KW.
¿No sería suficiente para presentar a industria, poner la CGP correspondiente y presentar sólo el boletín del instalador y la MT ?
Un saludo a todos y muchas gracias por anticipado.