es obligatorio el arnés en plataforma elevadora de personas? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#221650
Pues eso.
Creo que el título no puede ser más descriptivo.
En una plataforma elevadora de personas con jaula y barandilla... ¿es obligatorio trabajar con arnés?


No acaba de quedarme claro con la legislación (RD1215/97). Sin embargo, en las NTP lo dan por hecho (NTP 634) (aunque una NTP es una guía de referencia, no un requisito legal).
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#221787
Lo que te diga el fabricante de la plataforma en el manual de instrucciones. Si no hay manual y ademas no existe el fabricante, lo que diga el informe de adecuacion al RD 1215/97
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#222501
Según en que empresas es obligatorio internamente. si tienes una protección colectiva teóricamente no estás obligado a usar la individual (arnés)

Si observas que la gente desmonta las barandillas, se sube a ellas para llegar mejor al punto de trabajo, o porque desde la plataforma no llegan, pues está claro que lo hay que usar.

El principio para usarlo es el riesgo de caída desde la plataforma, debido un posible golpe que la desestabilice sin llegar a volcarla, luego hay quien te dice que "él vio a uno que le dio tiempo a tirarse porque no estaba atado", ya pero las estadísticas muestran que normalmente la gente se cae por choques, golpes y mal uso del aparato, que se podrían haber evitado si hubiese estado anclado a la barandilla.

Un saludo
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#222506
En mi empresa es obligatorio y creo que es comprensible, en cuanto te das la vuelta el operario, por no mover la máquina, se "pinga" por la barandilla y podría caer. Como al final el responsable soy yo, que se aten, que no les cuesta nada y yo me quedo más tranquilo.

Es cierto que si están atados y la máquina se cae tienen menos posibilidades, pero sin atar tampoco hay tantas posibilidades de salir indemne ...
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#222526
chongoku escribió:En mi empresa es obligatorio y creo que es comprensible, en cuanto te das la vuelta el operario, por no mover la máquina, se "pinga" por la barandilla y podría caer. Como al final el responsable soy yo, que se aten, que no les cuesta nada y yo me quedo más tranquilo.

Es cierto que si están atados y la máquina se cae tienen menos posibilidades, pero sin atar tampoco hay tantas posibilidades de salir indemne ...

:yep aunque no es una plataforma elevadora...la noticia es de hoy
http://www.elpais.com/articulo/espana/h ... unac_6/Tes
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#222614
chongoku escribió:En mi empresa es obligatorio y creo que es comprensible, en cuanto te das la vuelta el operario, por no mover la máquina, se "pinga" por la barandilla y podría caer. Como al final el responsable soy yo, que se aten, que no les cuesta nada y yo me quedo más tranquilo.

Es cierto que si están atados y la máquina se cae tienen menos posibilidades, pero sin atar tampoco hay tantas posibilidades de salir indemne ...


Pero no se atarán a la máquina, no?, por que si lo que falla es la máquina.... :goodjob :alarma
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#222762
Hay en ocasiones donde no hay más alternativa ... en los casos en los que se pueden fijar a "algo" fijo allí se fijan, en el resto, necesariamente en la máquina (al menos evita que caigan desde la máquina por imprudencia al asomarse fuera de la cesta).
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#222773
Está claro. De atarse a algún sitio, es a la máquina.

La probabilidad de vuelco de la máquina es reducidísima. La probabilidad de caida desde la cesta, no tanto.


Finalmente, y visto la información al respecto, decido poner arnés, y soldar en la jaula de la misma un elemento para fijarlo.
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#222843
jose-mac escribió:Está claro. De atarse a algún sitio, es a la máquina.

La probabilidad de vuelco de la máquina es reducidísima. La probabilidad de caida desde la cesta, no tanto.


Finalmente, y visto la información al respecto, decido poner arnés, y soldar en la jaula de la misma un elemento para fijarlo.


Insisto en lo que dije mas arriba: ¿Que dice el fabricante? Si en su libro de instrucciones dice que se ha de usar arnes, tambien dirá donde hay que fijarlo o en todo caso habrá puesto un punto de anclaje. Si no lo indica, en principio hay que pensar que no es necesario. Piensa que al colocar un punto de anclaje en la plataforma sin conocimiento y aprobacion del fabricante, estas modificando la maquina y por lo tanto asumes la responsabilidad de lo que pase a partir de ese momento. Yo desde luego lo tengo muy claro, si el manual no dice nada yo no invento. En todo caso consultaré con quien inventa es decir el que diseña. fabrica y comercializa y que tiene la obligacion de poner en el mercado cosas seguras y ademas indicar la manera segura de usarlas.

Que cada palo aguante su vela y no hagamos nuestros los problemas que son de otros. Si con la informacion que tienes consideras que el uso de la maquina no es seguro, busca otra de otro fabricante o utiliza un medio alternativo o denuncia ante la autoridad competente la puesta en el mercado de una maquina que no cumple con la normativa vigente.
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#222846
Diaspar, entiendo que tu respuesta es la formalmente más correcta.
Pero a veces los problemas no son tan fáciles de resolver.

La plataforma se adquirió de 2ª mano a un alquilador, fue construida a mediados de los 90, tiene certificado CE, pero en su manual (que ha pasado por mil manos) no hace ninguna referencia al arnés.

Sin embargo, consultando las NTP, parece evidente que es necesario el arnés.
Consultando al Servicio de Prevención, me indican que es necesario arnés. Que han consultando al INSHT, y a otras fuentes, y que en plataformas para trabajo en altura... arnés.


¿Qué hago? ¿devuelvo una máquina hecha hace 10 años a un fabricante con el que jamás he tenido ninguna relación? ¿se la devuelvo al alquilador (se adquirió hace 2 años, ahora ¿qué le digo?)

Y además, ¿por qué?
El RD1435 no indicaba la obligación de que esta máquina tuvieran sujección para arneses (que yo sepa)... sin embargo, pese a no incumplir el RD, en todos sitios me dicen que vale, que muy bien... pero que use arnés.

O me peleo, y me arriesgo a tener un accidente y que un juez dictamine algo inesperado... o pongo líneas de vida por toda la instalación para que siempre se pueda sujetar.... o pido a un calderero que suelde un soporte en uno de los puntales de la cesta.

Opto por lo más fácil.
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#222864
jose-mac escribió:¿Qué hago? ¿devuelvo una máquina hecha hace 10 años a un fabricante con el que jamás he tenido ninguna relación? ¿se la devuelvo al alquilador (se adquirió hace 2 años, ahora ¿qué le digo?).


Por eso sería bonito en un mundo feliz que antes de realizar una compra, incluso una plataforma de 2ª mano, que se pida asesoramiento a un técnico cualificado. Lo barato puede salir caro :fumeta
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#222895
Yo obligo a que se pongan el arnés porque la gente se sube a la barandilla, y al juicio soy yo el que voy. Me "da igual" lo que diga el fabricante en este caso, si el cree que no hace falta, yo le digo que sí.

Es muy fácil, puedes fijar el arnés con un mosquetón y una "cuerda mono" a la barandilla, lo importante es que la gente no se caiga de la cesta.
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#222936
mineros escribió:
jose-mac escribió:¿Qué hago? ¿devuelvo una máquina hecha hace 10 años a un fabricante con el que jamás he tenido ninguna relación? ¿se la devuelvo al alquilador (se adquirió hace 2 años, ahora ¿qué le digo?).


Por eso sería bonito en un mundo feliz que antes de realizar una compra, incluso una plataforma de 2ª mano, que se pida asesoramiento a un técnico cualificado. Lo barato puede salir caro :fumeta


Como he dicho, no es tan fácil.
La máquina tiene su certificado CE.
No he visto en ningún punto del RD1435 que indique la obligatoriedad de incorporar un alojamiento para el arnés... por lo que entiendo que el autocertificado CE del fabricante es correcto.

Pero por otra parte, las NTP, que no son de obligado cumplimiento, dan como existente ese anclaje...
En su uso, es perfectamente posible un mal uso por parte de algún operario que se le ocurra subirse a una barandilla (ya me ocupo yo de que no se hagan estas cosas, amonestando y sancionando, pero no puedo asegurar que en algún momento no se haga).

Por lo tanto, entiendo que, no siendo obligatorio por ley, sí es recomendable ponerlo, y puede ser obligatorio "de facto" aunque en ningún sitio haya visto tal requisito legal.
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#222985
De todas formas, si puedes hacerles firmar un documento en donde se especifique claramente la prohibición de "asomarse" por la barandilla, e incluso la obligación de fijarse a los elementos de seguridad, si están disponibles o a la máquina, en su defecto, mejor que mejor.
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#223144
jose-mac escribió:
¿Qué hago? ¿devuelvo una máquina hecha hace 10 años a un fabricante con el que jamás he tenido ninguna relación? ¿se la devuelvo al alquilador (se adquirió hace 2 años, ahora ¿qué le digo?)

Y además, ¿por qué?
El RD1435 no indicaba la obligación de que esta máquina tuvieran sujección para arneses (que yo sepa)... sin embargo, pese a no incumplir el RD, en todos sitios me dicen que vale, que muy bien... pero que use arnés.

O me peleo, y me arriesgo a tener un accidente y que un juez dictamine algo inesperado... o pongo líneas de vida por toda la instalación para que siempre se pueda sujetar.... o pido a un calderero que suelde un soporte en uno de los puntales de la cesta.

Opto por lo más fácil.


Y pregunto yo: ¿Quien decidió comprar esa maquina al alquilador?¿Quien comprobó que toda su documentacion estaba en regla? Pues que quien tomó esas decisiones asuma ahora el riesgo de aprobar un procedimiento de trabajo seguro y asuma la responsabilidad de modificar la maquina. Si la decisión de compra fué tuya pues ajo y agua pero si fué de otro que por lo menos se comprometa tanto o más que tú.
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