Intervenciones relativas a energía solar (no incluidas en el ámbito de la edificación), eólica, de la biomasa, minihidráulica, geotérmica y de los mares
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#295426
Muy buenas.
Tengo una duda respecto a la legalización de las instalaciones fotovoltaicas (ya se que me vais a decir lo del RD 1/2012 y que ya no se puede).
Si hay un director de obra y una contrata de instalaciones eléctricas, ¿a quién le corresponde hacer la legalización?.

Lo digo porque ahora hay problemas porque a nadie se le ha adjudicado en el contrato la legalización y ha salido el puñeteroRD 1/2012 y se han quedado fuera del PREFO, presentandose varias veces ya.

Yo entiendo que hay trés pasos importantes:
1 redacción del proyecto.
2 ejecución del proyecto (con su final de obra/dirección de obra y el boletín correspondiente de la instalación. Con eso estaría cumpliendo con lo que se le ha encargado a cada uno).
3 legalización de la instalación (léase PREFO, RIPE, IBERDROLA,....).

Si te contratan para el segundo, entiendo que el tercero no está incluido. ¿cómo lo veis?. Yo entrego una dirección de obra, el instalador se encarga del boletín, y a alguien le deberían haber encargado la legalización, o haberlo hecho ellos. De todas maneras, el instalador dijo que se encargaba él, y así ha sido, pero con nada por escrito.
Última edición por chickinox el 28 Feb 2012, 22:36, editado 1 vez en total
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#295439
La legalización de una fotovoltaica no es jauja y es complicada. Diría que muy complicada.

Aunque para cualquier trabajo. Si no está en el contrato, no está encargado.

Lo que pasa es que me extraña que os hayáis quedado fuera por el RDL 1/2012 con algo construido. Por que primero deberíais haber aparecido inscrito en el listado de asignación del Ministerio.

Las tecnologías que han pillado con instalaciones ejecutadas y que no tendrán prima son para las que no se llenaban los cupos y, por lo tanto no se hacía una inscripción previa.
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#295485
Valles escribió:La legalización de una fotovoltaica no es jauja y es complicada. Diría que muy complicada.

Aunque para cualquier trabajo. Si no está en el contrato, no está encargado.

Lo que pasa es que me extraña que os hayáis quedado fuera por el RDL 1/2012 con algo construido. Por que primero deberíais haber aparecido inscrito en el listado de asignación del Ministerio.

Las tecnologías que han pillado con instalaciones ejecutadas y que no tendrán prima son para las que no se llenaban los cupos y, por lo tanto no se hacía una inscripción previa.


Vallés, a modo orientativo. sin grandes extensiones.

Si han sido "no inscritos en el Registro de pre-asignación de retribución" en el 4º trimestre del 2011, no hay retribución posible ya, verdad? hasta nueva orden ministerial.

Saludos.
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#295487
pato escribió:
Valles escribió:La legalización de una fotovoltaica no es jauja y es complicada. Diría que muy complicada.

Aunque para cualquier trabajo. Si no está en el contrato, no está encargado.

Lo que pasa es que me extraña que os hayáis quedado fuera por el RDL 1/2012 con algo construido. Por que primero deberíais haber aparecido inscrito en el listado de asignación del Ministerio.

Las tecnologías que han pillado con instalaciones ejecutadas y que no tendrán prima son para las que no se llenaban los cupos y, por lo tanto no se hacía una inscripción previa.


Vallés, a modo orientativo. sin grandes extensiones.

Si han sido "no inscritos en el Registro de pre-asignación de retribución" en el 4º trimestre del 2011, no hay retribución posible ya, verdad? hasta nueva orden ministerial.

Saludos.


:yep Aunque "técnicamente" puedes conectarte y cobrar el pool... teóricamente.
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#295497
Valles escribió:La legalización de una fotovoltaica no es jauja y es complicada. Diría que muy complicada.

Aunque para cualquier trabajo. Si no está en el contrato, no está encargado.
En mi caso, está encargada la dirección de obra, no un "llave en mano"

Lo que pasa es que me extraña que os hayáis quedado fuera por el RDL 1/2012 con algo construido. Por que primero deberíais haber aparecido inscrito en el listado de asignación del Ministerio.
Te cuento:
fecha del aval mayo de 2011, con la obra terminada mayo 2011 (con la obra terminada porque era una subvención plan e, y diciendoles dia si dia no lo del aval, que era necesario para prefo)


Presentada a 2T del 2011 Inadmitida
Presentada a 3T y 4T del 2011 Ni aparece. No se como lo habrá hecho el instalador


Las tecnologías que han pillado con instalaciones ejecutadas y que no tendrán prima son para las que no se llenaban los cupos y, por lo tanto no se hacía una inscripción previa.
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#295499
LuisM escribió:
pato escribió:
Valles escribió:La legalización de una fotovoltaica no es jauja y es complicada. Diría que muy complicada.

Aunque para cualquier trabajo. Si no está en el contrato, no está encargado.

Lo que pasa es que me extraña que os hayáis quedado fuera por el RDL 1/2012 con algo construido. Por que primero deberíais haber aparecido inscrito en el listado de asignación del Ministerio.

Las tecnologías que han pillado con instalaciones ejecutadas y que no tendrán prima son para las que no se llenaban los cupos y, por lo tanto no se hacía una inscripción previa.


Vallés, a modo orientativo. sin grandes extensiones.

Si han sido "no inscritos en el Registro de pre-asignación de retribución" en el 4º trimestre del 2011, no hay retribución posible ya, verdad? hasta nueva orden ministerial.

Saludos.


:yep Aunque "técnicamente" puedes conectarte y cobrar el pool... teóricamente.

Sólo vale para las que se presentaron en la ultima convocatoria (4ª)?
Por cierto, la adjudicación en le prefo,¿de que depende?¿es por fechas del aval?¿o por orden de llegada?

NdelA: cierro el tema mientras subsanas lo pendiente
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