- 19 Feb 2012, 12:18
#295426
Muy buenas.
Tengo una duda respecto a la legalización de las instalaciones fotovoltaicas (ya se que me vais a decir lo del RD 1/2012 y que ya no se puede).
Si hay un director de obra y una contrata de instalaciones eléctricas, ¿a quién le corresponde hacer la legalización?.
Lo digo porque ahora hay problemas porque a nadie se le ha adjudicado en el contrato la legalización y ha salido el puñeteroRD 1/2012 y se han quedado fuera del PREFO, presentandose varias veces ya.
Yo entiendo que hay trés pasos importantes:
1 redacción del proyecto.
2 ejecución del proyecto (con su final de obra/dirección de obra y el boletín correspondiente de la instalación. Con eso estaría cumpliendo con lo que se le ha encargado a cada uno).
3 legalización de la instalación (léase PREFO, RIPE, IBERDROLA,....).
Si te contratan para el segundo, entiendo que el tercero no está incluido. ¿cómo lo veis?. Yo entrego una dirección de obra, el instalador se encarga del boletín, y a alguien le deberían haber encargado la legalización, o haberlo hecho ellos. De todas maneras, el instalador dijo que se encargaba él, y así ha sido, pero con nada por escrito.
Última edición por chickinox el 28 Feb 2012, 22:36, editado 1 vez en total
De los de la antigua escuela...