chispas escribió:Yo entiendo que al formar parte de un edificio con viviendas, el garaje debe ser sectorizado y no debe tener:
"fachadas que presenten por planta un área total permanentemente abierta al exterior no inferior a 1/20 de su superficie construida, de la cual al menos 1/40 está distribuida de manera uniforme entre las dos paredes opuestas que se encuentren a menor distancia"
¿es así?

Pues no, no es así
Me parece que no tienes muy claro lo que es un sector de incendio
Los aparcamientos abiertos, según definición, no necesitan control de humos en caso de incendio, y eso puede ser una ventaja
Aparte de esto, cualquier aparcamiento (ya sea abierto cerrado o como quieras) debe constituir un sector de incendio diferenciado si está integrado en un edificio con otros usos.
Para ello, las paredes, techos y puertas que delimitan el sector (ese aparcamiento abierto en tu caso) deben cumplir la resistencia al fuego de la tabla 1.2 del DB SI 1 en cuanto a propagación interior hacia el resto del edificio.
Además, como ese garaje abierto al exterior tiene huecos permanentes (y por lo tanto existen puntos en su fachada que no son EI 60), debe cumplir las distancias de separación entre sectores de incendio, tanto en vertical como en horizontal, que se indican en DB SI 2, propagación exterior.
Cumpliendo estos puntos, no hay motivo por el que un aparcamiento abierto no pueda estar integrado en un edificio con otros usos.