Hola,
Si el armario de maniobra lo sitúas en otro emplazamiento, ese armario ya no tendrá que cumplir con las condiciones del local inicial, sino con las condiciones de la nueva ubicación.
Es decir, lo que tiene que cumplir con las condiciones de local húmedo o mojado, son todas las instalaciones eléctricas que estén en ese local, bien sean canalizaciones, motores o cuadros de maniobra o proteccción. Aunque sitúes el cuadro en otro lugar, los elementos integrantes de la instalación que sigan estando en el local, seguirán teniendo que cumplir con esas condiciones.
Por otro lado, con respecto a la justificación de local húmedo o mojado, has de ser tú quien lo haga en base a las definiciones del reglamento para locales húmedos y mojados, teniendo en cuenta, que si entás en la zona límite de "hasta aquí es húmedo" y "desde aquí" es mojado, como diseñador de la instalación que eres, deberías considerarlo como mojado, poniéndote del lado de la seguridad.
Como podéis ver, mi lao oscuro intenta volver a salir (ex-inspector
)
Ahora bien, si realmente estás al limite, y no tienes vaho ni gotas de agua, champiñones en el techo etc, justificalo como local húmedo y a correr, eso sí que quede claramente justificado como local húmedo, que luego los inspectores son la leche. (si, lo sé, soy un esquirol de la normativa
)
Adjunto una pequeña tabla
recogiendo los puntos principales a verificar en locales húmedos y mojados.
Saludos
Si el armario de maniobra lo sitúas en otro emplazamiento, ese armario ya no tendrá que cumplir con las condiciones del local inicial, sino con las condiciones de la nueva ubicación.
Es decir, lo que tiene que cumplir con las condiciones de local húmedo o mojado, son todas las instalaciones eléctricas que estén en ese local, bien sean canalizaciones, motores o cuadros de maniobra o proteccción. Aunque sitúes el cuadro en otro lugar, los elementos integrantes de la instalación que sigan estando en el local, seguirán teniendo que cumplir con esas condiciones.
Por otro lado, con respecto a la justificación de local húmedo o mojado, has de ser tú quien lo haga en base a las definiciones del reglamento para locales húmedos y mojados, teniendo en cuenta, que si entás en la zona límite de "hasta aquí es húmedo" y "desde aquí" es mojado, como diseñador de la instalación que eres, deberías considerarlo como mojado, poniéndote del lado de la seguridad.
Como podéis ver, mi lao oscuro intenta volver a salir (ex-inspector

Ahora bien, si realmente estás al limite, y no tienes vaho ni gotas de agua, champiñones en el techo etc, justificalo como local húmedo y a correr, eso sí que quede claramente justificado como local húmedo, que luego los inspectores son la leche. (si, lo sé, soy un esquirol de la normativa

Adjunto una pequeña tabla

Saludos
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